El Comité de Apelación de la Federación Española de Fútbol (RFEF) ha desestimado el recurso del Real Madrid contra su exclusión de la Copa del Rey por alineación indebida del jugador Denis Cheryshev en el partido de ida de dieciseisavos de final contra el Cádiz, el día 2 en el Ramón de Carranza (1-3).

Este mismo jueves el Real Madrid ha presentado un recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) contra la resolución del Comité de Apelación, con el objetivo de pedir la suspensión cautelar de la sanción. "El Real Madrid ha recibido la resolución del Comité de Apelación y, una vez analizada, se comprueba nuevamente que la sanción no fue notificada al jugador Denis Cheryshev, única forma para que dicha sanción tenga eficacia", argumenta el club en un comunicado. "El club, por tanto, ha presentado recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte", añade.

El TAD tiene previsto reunirse este viernes a las 13.00 horas, confirmaron a EFE fuentes del tribunal, para analizar el recurso del Real Madrid, que mantiene los preparativos para el encuentro de vuelta contra el Cádiz, el miércoles 16 a las 21.00 horas.

El juez único de Competición, Francisco Rubio, descartó en su resolución, el pasado día 3, el principal argumento del Real Madrid, que en su defensa habló de "falta de constancia de la notificación personal de la sanción en cuestión tanto al jugador como al club denunciado".

Según Apelación, el Código Disciplinario de la RFEF (artículo 41) señala que "la notificación personal puede realizarse a través del club o SAD al que pertenezca en cada momento, siendo válida a todos los efectos" y que en este caso se hizo "por fax dirigido a la sede social del club (Villarreal) a que entonces pertenecía el jugador".

"Son numerosas las ocasiones en que el Tribunal Supremo se ha pronunciado por la plena validez del fax para la práctica de las notificaciones. Es una cuestión sobre la que no puede haber debate", sostiene el Comité.

El mismo insiste en que el hecho de que el jugador no recibiera personalmente la notificación "no es lo que condiciona la validez de ésta, sino que se hiciera en el domicilio o sede social del club a que pertenecía el jugador entonces", como queda acreditado en este caso.

También afirma que aunque pudiera probarse que el Villarreal no informó al jugador ni al Real Madrid esto afectaría "a la probada demostración que la notificación se hizo correctamente, como acredita el fax que hemos citado, dirigido al club de que dependía" Cheryshev.

"Siempre en el terreno de las conjeturas, puede pensarse en lo inverosímil que resulta que nadie en el club recurrente parara mientes en la página web de la RFEF, o en las relaciones que suelen hacerse indicando los jugadores con sanciones pendientes. Son temas marginales que nada añaden ni quitan a la ajustada prueba representada por el fax dirigido al club Villarreal CF. Manifiestamente, cada club es responsable de la idoneidad de sus jugadores para ser alineados", agrega

La decisión de Apelación ratifica la adoptada el día 4 por el juez único de Competición, Francisco Rubio, quien consideró que hubo alineación indebida de Cheryshev en el partido contra el Cádiz, ya que el jugador fue sancionado el 6 de marzo con un partido por acumulación de tarjetas amarillas" y la sanción "le fue notificada al Villarreal", club donde estaba cedido la temporada pasada

El Real Madrid, que también fue multado con 6.001 euros, ya anunció su intención de llegar hasta el TAD para evitar su eliminación copera y argumentó una resolución anterior de este tribunal en la que reconocía expresamente la necesidad de notificación personal de la sanción para que ésta sea efectiva cuando resolvió un recurso de un club de fútbol femenino.

El TAD está presidido por Enrique Arnaldo (Catedrático de Derecho Constitucional) y formado por Miguel Pardo (Abogado del Estado), Blanca Lozano (Catedrática de Derecho Administrativo), Koldo Irurzun (Profesor titular de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social), Tomás González (Abogado del Estado), Andreu Camps (Catedrático de legislación, organización y administración del deporte), Fernando Corral (Abogado) y Carmen Valverde (Técnico Superior en Especialidad Jurídica).