El decreto de ´bous al carrer´ distingue entre plazas y recintos taurinos

La comisión acuerda que se elabore un código de buenas prácticas contra el maltrato a los animales

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EFE VALENCIA
La futura modificación del decreto de "bous al carrer" del año 2007 incluirá la diferenciación entre las plazas de toros portátiles, que es donde se podrán llevar a cabo espectáculos y festejos taurinos, y los recintos taurinos, donde únicamente se harán festejos de "bous al carrer", pero no de lidia. Castellano dio a conocer ayer en rueda de prensa las modificaciones al decreto aprobadas por la Comisión de "bous al carrer", formadas por trece artículos, que ahora se remitirán al Consell Jurídic Consultiu (CJC) para que elabore su informe.
La modificación aprobada introduce la madera como elemento de construcción en barreras verticales, cadafales y plazas de toros portátiles, siempre que el componente metálico sea el elemento preferente en la construcción.
La comisión también ha acordado que se elabore un código de buenas prácticas para luchar contra el maltrato animal y velar por el respeto a los animales que participan en los festejos taurinos tradicionales, y ha sido informada de que sigue su curso el expediente para declarar Bien de Interés Cultural los "bous al carrer".
El conseller señaló que el objetivo de estas modificaciones es aumentar la seguridad en el festejo, por lo que el decreto será "más estricto y riguroso en materia de seguridad", y recordó que en la Comunitat Valenciana se celebran festejos taurinos siete de cada diez días del año, y el año pasado hubo una media de 6.000.
Castellano explicó que la modificación del decreto se refiere a los elementos de cierre y delimitación en aquellos aspectos que no estaban lo suficientemente expresos y hace hincapié en los elementos de protección, cierre y delimitación, así como en lo relativo a las plazas de toros portátiles.
Así, en el caso de las barreras verticales, se propone que se incorpore la madera siempre que el elemento metálico asuma la resistencia y solidez de la barrera, de manera que la estructura de ésta será metálica, sin perjuicio de que la madera constituya un complemento que refuerce dicha resistencia
En el caso de los cadafales, se aplican las mismas exigencias que a las barreras verticales en cuanto a materiales -el componente metálico como elemento preferente y la madera como complemento-, y se permite la posibilidad de instalar barreras verticales en las puertas de las casas que están dentro del recinto donde se desarrolla el festejo.

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