EFE
Este convenio, que se remitirá ahora a las Cortes Generales, se centra en la gestión de los recursos hídricos compartidos y establece dos principios fundamentales para guiar la conducta de las naciones en la materia: por un lado, la utilización equitativa y razonable de dichos recursos y, por otro, la obligación de no causar daños a los vecinos.
Así, los países firmantes deben evitar, eliminar o mitigar cualquier perjuicio importante que pudieran ocasionar a otros Estados con los que compartan un curso de agua, según la referencia del Consejo de Ministros.
El texto establece también normas detalladas sobre los cambios en el uso de cualquier curso de agua internacional.
En la votación de esta convención en la ONU, el 21 de mayo de 1997, España fue uno de los 27 países que se abstuvieron.