JULIO MARÍN
E
l Tribunal Superior de Justicia ha declarado nulo el acuerdo plenario adoptado en agosto de 2001 por el Ayuntamiento de Finestrat mediante el cual se adjudicaba a la empresa Clear Channel el contrato de servicio de suministro, instalación y mantenimiento de marquesinas de autobús y mobiliario urbano de interés general.
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de este tribunal decidió estimar el recurso interpuesto por la mercantil Impursa, la otra firma que concurrió al concurso público, y le reconoce su derecho a la adjudicación del citado contrato
En la sentencia se aclara que el objeto del contrato era doble; por un lado la redacción de un proyecto técnico de mobiliario urbano y sus ubicaciones, y por otro el suministro, instalación y mantenimiento de los elementos contenidos en el mismo. En ese sentido, el tribunal afirma que la proposición presentada por Clear Channel «no contenía el correspondiente proyecto de mobiliario técnico ni indicaba ninguna ubicación, sino que esta empresa tan sólo aportó planos técnicos referidos a cada tipo de elemento, sin especificar nada sobre los lugares donde iban a ser colocados, mientras que Impursa sí lo presentó». Dicho proyecto, a tenor del pliego de condiciones, debía acompañar a toda la documentación.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia añade que la proposición de la empresa que resultó adjudicataria «no se ajustaba al objeto del contrato establecido en la cláusula primera del pliego de condiciones económico-administrativas. El juez, además, no atendió los argumentos de la mercantil demandada que señalaba que dicho proyecto técnico «no era elemento esencial del contrato» porque en los criterios de valoración no se contemplaba. El Ayuntamiento, por su parte, alegó que Impursa debería