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NUEVA SENTENCIA CONTRARIA AL AYUNTAMIENTO

El TSJ anula un acuerdo que aumentaba la edificabilidad de un inmueble

El juez rechaza la aprobación plenaria del estudio de detalle del edificio Coblanca 41 y el Consistorio paraliza la concesión de la licencia

 
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 inmueble ya construido que ahora tiene un exceso de edificabilidad
Vista del inmueble ya construido que ahora tiene un exceso de edificabilidad   ROSARIO FRAILE

JULIO MARÍN E l Tribunal Superior de Justicia ha vuelto a echar abajo un acuerdo del Ayuntamiento en materia urbanística. En esta ocasión se trata del estudio de detalle del edificio Coblanca 41, que fue aprobado en pleno el pasado 22 de marzo de 2004. Aquella decisión fue recurrida mediante un recurso de reposición y el 29 de noviembre de ese año, el Consistorio acordó desestimar dicho recurso. Ahora, el TSJ ha dictaminado que el recurso debería haber sido estimado por la corporación.
La sentencia «tumba» el acuerdo al afirmar que ese acto «es contrario a derecho» porque un estudio de detalle no puede utilizarse para trasvasar edificabilidad de una parcela a otra, como fue el caso. «El estudio de detalle sólo sirve para ordenar la volumetría, no para traspasar edificabilidad» explicó una de los abogadas que llevó el caso. Lo preceptivo hubiera sido la realización de un Plan de Reforma Interior y Mejora (PRIM);, que requiere la aprobación de la Conselleria. «Pero es más fácil y rápido hacer el estudio de detalle, que sólo compete a la Junta de Gobierno» señaló. La realización del PRIM requería la modificación puntual del PGOU.
En esa zona, comprendida por las calles Gerona, Mallorca y Avenida del Mediterráneo se ha construido una torre de 92 apartamentos y locales comerciales, en cuya parcela el PGOU otorgaba una superficie edificable de 2.866,8 metros cuadrados de techo. En otra parcela anexa, el Plan General permitía hasta 895,2 metros. Lo que se hizo con el estudio de detalle fue trasvasar 760 metros de la parcela más pequeña a la otra en la que se alzaría el inmueble, con lo que ahora cuenta con un exceso de edificabilidad igual a los metros trasvasados de la otra parcela.
El Ayuntamiento de Benidorm, no obstante, ha recurrido en casación el fallo del juez, aunque la parte demandante ha pedido la ejecución provisional de la sentencia. En ese sentido, el edil de Urbanismo, José Ramón González de Zárate, precisó ayer que su departamento «ha paralizado la concesión de la licencia de ocupación a la espera de un informe jurídico que determine si la podemos dar o no». A la vista de ese informe el Consistorio actuará. El edificio está finalizado y sólo falta la licencia de ocupación para que pueda ser habitado. «Hay propietarios que quieren entrar ya porque ellos han actuado correctamente, pero aún no sabemos qué pasará» apostilló el concejal de Urbanismo.

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