Fin del calvario. Un juez ha absuelto a dos profesoras de un colegio público de La Nucía a las que un niño acusó de agresión hace algo más de un año, como publicó en aquel momento este diario. Así, en el fallo judicial, al que ha podido tener acceso este periódico, se indica que no hay pruebas suficientes para llegar a poner en duda la inocencia de estas dos docentes.

Los hechos tuvieron lugar en marzo de 2016. El alumnos, que entonces cursaba sexto de primaria, aseguraba que tras negarse a entregar la agenda a una profesora y también a acudir con ella a la dirección del centro escolar, ésta lo había sacado fuera del aula donde, junto a otra compañera, se habría producido una supuesta agresión que, al parecer, no habría tenido lugar. Así, en la sentencia se indica que «no resulta acreditado que en el transcurso de dicho incidente, el menor fuera agredido física o psíquicamente en modo alguno por parte de las profesoras».

El fallo judicial viene a poner fin a un año y medio de tormento para estas profesoras que, de un día para otro, tuvieron que enfrentarse a un proceso judicial tras la denuncia que presentó la madre del menor.

Cambios en los hechos

En la sentencia, que ya es en firme después de que los denunciantes agotaran el plazo para recurrir el fallo sin presentar recurso alguno, se expone que el «procedimiento se incoa en virtud de una denuncia interpuesta por un adulto, en relación a unos hechos que le han sido íntegramente referidos por su hijo y respecto de los que no ha tenido ningún tipo de conocimiento directo». Además de eso, el auto judicial también recalca que el menor llegó a cambiar la versión de los hechos hasta en tres ocasiones. «En la primera versión el menor sufrió un empujón en presencia de sus compañeros; en la segunda cambia y dice que los hechos no tuvieron lugar en el aula sino que al negarse a entregar la agenda y obedecer las órdenes ésta lo agarro para llevarlo al pasillo donde lo empujó contra la puerta; ya en la tercera, explicada en sede judicial, dice que al ser sacado de clase por la profesora ésta lo arañó en el cuello».

«Estos cambios en la versión de los hechos que presenta el menor suponen un elemento de incredibilidad subjetiva que impide que dicha declaración, por si misma tenga fuerza probatoria suficiente para enervar la la presunción de inocencia», concluye el juez en la sentencia. Asimismo, el instructor del procedimiento recuerda que las denunciadas «negaron cualquier tipo de agresión o menosprecio al menor ante las reiteradas muestras de desobediencia de éste».

Además, el soporte de la versión del alumno es «únicamente» un informe de una consulta y hoja de urgencias. «Sin embargo, el resto de pruebas obrantes en las actuaciones parecen indicar que la supuesta agresión no exisitió, pudiendo ser otra la causa de las lesiones que presenta el menor», llega a apuntar el juez en el auto.

En definitiva, la inexistencia de pruebas suficientes que permita corroborar la versión de los hechos ofrecida por el menor en la denuncia interpuesta en su día, impide poner en duda la inocencia de estas dos docentes que aquella mañana del invierno del año 2016 estaban desarrollando sus tareas como una jornada más que terminó conviritiéndose en el principio de su particular infierno.