El Club Náutico de Altea está luchando en solitario contra el Consell para evitar su «estrangulamiento financiero y la propia existencia de la entidad», según afirmó ayer su presidente, José Román Zurutuza. La causa: las nuevas tasas anuales impuestas por la Generalitat, que septuplican hasta los 350.467 euros, IVA incluido, las que estaban en vigor, y la autorización administrativa concedida el pasado 20 de junio por tres meses, y renovables mes a mes hasta un máximo de tres años, para gestionar sus instalaciones náuticas.

Así las cosas, a finales de la pasada semana el Club Náutico de Altea presentó ante la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, un recurso de reposición contra la resolución en la que el Consell le concede la autorización administrativa por tres meses renovables hasta tres años. Zurutuza señaló que los abogados del club basan el recurso «en los perjuicios insalvables que supondrá una autorización en esas condiciones». En el recurso de reposición se destacan principalmente tres puntos de manera concienzuda en un documento que deberá contestar la Conselleria en el plazo que marcan las leyes para ello: el tiempo de concesión, las tasas y la valoración.

En precario

El presidente del Náutico Altea recordó que al club se le otorgó la concesión el 23 de julio de 1980 y que desde 2000 «estamos funcionando en precario con autorizaciones trimestrales que nos impiden invertir en la mejora de nuestras instalaciones».

Sobre la concesión de tres meses renovables, Zurutuza aseveró que «no tiene sentido establecer esa limitación. Su único efecto práctico es limitar el crédito financiero y, peor todavía, el plan deportivo del club, necesario para actualizar instalaciones, eventuales reformas e incluso para hacer frente a la tasa que pretende imponer el Consell». En este sentido dijo que la tasa impuesta al club «desbarata cualquier planificación económica. Es más, una elevación tan importante frustra o pone en peligro incluso la realización y planificación de actividades náutico-deportivas, y la misma supervivencia del club».

El recurso mantiene que el Consell debe mantener el actual canon anual, «al menos hasta que se otorguen las nuevas concesiones y se pueda hacer entonces un replanteamiento a 30 años vista de funcionamiento del club, en aplicación del Principio General de Derecho 'rebus sic stantibu', reconocido en la jurisprudencia española e internacional».

Finalmente, el recurso de reposición dedica una parte a desmontar los criterios y metodología utilizados en la tasación de terrenos, lámina de agua e instalaciones del Club Náutico de Altea que realizó en 2014 la Generalitat, «a partir de la cual pretende imponer hoy un canon que supone 7 veces más de la actual tasa». Esa valoración «no puede ser aceptada», se lee en el escrito, «por su evidente extemporaneidad y falta de adecuación a las normas y buenas prácticas de valoración aplicables». Basándose en que las instalaciones de Altea ya han sido visitadas por un técnico de la firma tasadora TINSA, contratada por la Conselleria al efecto, «habría que esperar a la nueva valoración», señala el recurso, «para poder aceptar o impugnar la que sirva definitivamente para determinar la base imponible de la tasa».