El grupo municipal socialista solicitó ayer copia de toda la documentación relativa a la compra de productos efectuada por la concejalía de Bienestar Social del Ayuntamiento de Benidorm en el supermercado de la concejala de Consumo, María Jesús Pinto, tras ser conocedores de que el ejecutivo local popular había desembolsado cerca de 10.000 euros en el citado comercio para la adquisición de lotes de comida en el marco de una campaña solidaria.

En concreto, los socialistas pidieron ayer el expediente completo de la campaña de Navidad a las familias desfavorecidas, la aprobación de gasto realizada, la retención de crédito, las facturas de las empresas proveedoras así como la justificación de las mismas, del procedimiento de contratación al que hizo referencia esta semana en un comunicado de prensa el portavoz del Gobierno del PP, José Ramón González de Zárate.

Cabe recordar que el representante del gobierno popular salió al paso de las acusaciones del PSOE al indicar que al tratarse de un gasto inferior a los 18.000 euros se había invitado a tres empresas a participar en el concurso, como marca una norma local aprobada durante este mandato. De los tres presupuestos presentados el proporcionado por el supermercado de la edil del PP era uno de los más rentables, según apuntó esta semana el edil González de Zárate.

Una afirmación que ahora los integrantes del grupo municipal socialista quieren comprobar con sus propios ojos. Para ello, han pedido toda la documentación relativa a la contratación. Igualmente, el PSOE ha solicitado informes al secretario, interventor, y técnico de Contratación para que se pronuncien sobre este procedimiento vista la normativa de contratación pública y de cargos públicos y régimen electoral general ya que para los socialistas este procedimiento de contratación es una conducta «ilegal» en base a la Ley de Contratos del Sector Público que en su artículo 60 Prohibiciones de Contratar establece la prohibición de establecer acuerdos con las personas jurídicas en cuyo capital participen, en los términos y cuantías establecidas en la legislación citada, el personal y los altos cargos a que se refiere el párrafo anterior, así como los cargos electos al servicio de las mismas.

La prohibición se extiende igualmente, en ambos casos, a los cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva, ascendientes y descendientes, así como a parientes en segundo grado por consanguineidad. Por todo ello, desde el grupo socialista están convencidos de que el procedimiento incurre en una ilegalidad y lanzaron ayer un mensaje al resto de grupos de la oposición. «Hasta cuándo vamos a permitir estas conductas», les reprocharon.