Parte recurrente: Ayuntamiento de Benidorm. Parte demandada: Ayuntamiento de Benidorm. El Consistorio de la ciudad turística tiene previsto pleitear contra sí mismo para intentar que un juez revoque las licencias ambiental y de obras que el propio Ayuntamiento concedió en 2014 a la empresa Outlet Market para instalar un rastro junto a la antigua carretera Nacional 332, frente al puesto de la ITV. Así se recoge en una moción presentada por el gobierno local, del PP, y que se debatirá en pleno el próximo lunes, que abre la puerta a la interposición de un recurso contencioso-administrativo para que sean los tribunales quienes decidan sobre el futuro y la legalidad de esta instalación.

La propuesta, a la que ayer tuvo acceso este diario, se sustenta en dos amplios informes, a tenor de los cuales prevé acordar la declaración de lesividad para el interés general de la concesión de licencias para el desarrollo de esta actividad. El primero de los documentos es el que elaboró el pasado mes de mayo el departamento de Urbanismo de la Universidad de Alicante, del que ya dio cuenta en su día este diario, y en el que se apuntaban diversas causas de nulidad de las licencias concedidas en precario por el Consistorio por un plazo de 10 años y condicionadas al desarrollo del sector APR-3, donde se ubicaría el rastro. Entre ellas, la UA puso especial hincapié en el hecho de que la apertura de nuevos negocios en la zona podría desincentivar la urbanización de dicho sector, que no se dio audiencia a otros propietarios de suelo ni tampoco a las asociaciones de comerciantes de la ciudad, entre otros.

El segundo informe que sirve como base de la propuesta es el elaborado el pasado 11 de julio por el secretario municipal, que, aunque hace matizaciones a algunas de las causas alegadas por la UA, sí deja claro que, a su juicio, la concesión de la licencia ambiental otorgada para la puesta en marcha de este rastro contraviene varios preceptos del ordenamiento jurídico.

Por un lado, el técnico alude al artículo 191·5 de la Ley Urbanística Valenciana (LUV), que establece la posibilidad de otorgar licencias para usos u obras provisionales no previstos en un plan urbanístico «siempre que no dificulten su ejecución ni la desincentiven», como también apuntó en su estudio la Universidad de Alicante. Además, el secretario también sostiene que la autorización de la Dirección General de Comercio y Consumo, que también autorizó la implantación de este rastro tras el visto bueno municipal, «tuvo en cuenta un plan de movilidad que después se modificó», por lo que a su juicio carecería de validez «para el ámbito al que se refiere la licencia que finalmente se otorga».

Por último, también cita la vulneración de la Ley autonómica 3/2011, por la que se regula la venta no sedentaria en la Comunidad Valenciana, dado que el Ayuntamiento no aprobó en pleno una autorización previa a la concesión de dichas licencias, tal y como exige la legislación.

La edil de Urbanismo, Lourdes Caselles, explicó ayer que el trámite plenario del próximo lunes es el último paso del expediente de lesividad que aprobó en su día el pleno. Asimismo, expuso que los dos informes anteriormente citados avalan la lesividad para el interés público de la puesta en marcha de este rastro y manifestó que, al tratarse de licencias que concedió en su día el propio Ayuntamiento, debe ser la Justicia quien decida si pueden revocarse ahora.