El Consell valenciano ha autorizado a la Abogacía General de la Generalitat para ejercer la acción popular en el caso relacionado con el fallecimiento de una mujer de 48 años víctima de violencia de género en Benidorm (Alicante).

El suceso, ocurrido el pasado 12 de abril en Benidorm, constituye un caso de violencia de género, "un problema de ámbito social público de interés general que obliga a los poderes públicos a actuar de manera activa con el objetivo de lograr la plena erradicación de los malos tratos".

Según ha explicado la vicepresidenta, Mónica Oltra, el artículo 36 de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres establece que la conselleria con competencias en materia de mujer podrá proponer al Consell el ejercicio de la acción popular en los supuestos de agresiones físicas domésticas en los que se cause la muerte o lesiones graves a mujeres residentes en la Comunitat Valenciana.

La Ley Integral contra la violencia sobre la Mujer en el ámbito de la Comunitat establece en su artículo 58 que la Generalitat ejercerá la acción popular en todos los procedimientos penales que se sigan por delitos de violencia sobre la mujer con resultado de muerte, así como en aquellos casos en los que se genere alarma social o produzca lesiones graves e invalidantes. En su caso, solicitará siempre la privación de la patria potestad del presunto agresor.

El Consell aprobó el pasado año la propuesta de actuación institucional de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas en caso de asesinatos de mujeres víctimas de violencia de género, con el fin de aunar esfuerzos y visibilizar de forma conjunta el rechazo a los actos de violencia de género, en aquellos casos en que se produzca la muerte de una mujer o de sus hijos o hijas en la Comunitat valenciana.

Dicho protocolo incluye, como norma general, la realización de una concentración de repulsa en la puerta del Palau de la Generalitat y en la de cada una de las consellerias.