El Tribunal de Cuentas investiga al Ayuntamiento de Benidorm por presuntas responsabilidades contables durante el mandato del socialista Agustín Navarro. En esta ocasión, el órgano fiscalizador, que tiene otro expediente abierto por la gestión en el área de Personal en este mismo periodo, está analizando dos subvenciones otorgadas por el Consistorio a un club deportivo y a una entidad festera de la ciudad.

Las actuaciones del Tribunal se inician como consecuencia del informe de fiscalización «sobre las obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto, reparos e informes hechos por Intervención», así como «los acuerdos adoptados por los órganos de gobierno contrarios al informe de la Secretaría de las Entidades Locales». El documento que notifica el inicio de las actuaciones previas subraya los reparos efectuados por el interventor municipal en dos cuestiones.

Por un lado, en cuanto a las cantidades pagadas a cuenta de la subvención de 2010 por valor de 15.000 euros al Club de Fútbol Sala Benidorm. Según el Tribunal, «la justificación del convenio se presenta en marzo de 2013» cuando el plazo había finalizado «en el mes de febrero de 2011». En este sentido, el organismo indica que no se tiene «constancia» de que la entidad deportiva «haya tenido actividad con posterioridad al ejercicio mencionado», lo cual «le inhabilitaría para ser beneficiaria». Se precisa, asimismo, que «no consta» quién ejerce la representación del club y se aclara que el reparo de Intervención fue remitido al área de Deportes en abril de 2013 y que el alcalde, «por decreto», aprobó la justificación y el pago en mayo de ese año.

Por otro lado, también se investiga el reparo formulado en abril de 2013 a las cantidades pagadas a cuenta de la subvención de 2011 por valor de 4.808 euros, a la Hoguera El Mercat. En este caso, el tribunal cree que «se ha incumplido el plazo establecido» y que «la justificación aportada no cumple los requisitos de una factura válidamente emitida», por lo que estima que «procede acordar el reintegro».

Más adelante, el instructor opina que estos hechos «pueden ser constitutivos de responsabilidad contable» y de ahí que se deberá determinar si los hechos denunciados como ilícitos «pueden ser generadores o no de responsabilidad contable por alcance».

El instructor ha solicitado al Ayuntamiento la remisión de un informe en el que deberán quedar justificadas las irregularidades «si se considera que no han causado daños al erario público». Si, por el contrario, el Consistorio considerase que sí ha habido daño al erario, «deberá indicarse la cuantía en que se cifra el presunto daño», así como el período temporal «y las personas presuntamente responsables». El instructor recalca que es «imprescindible determinar las autoridades o funcionarios» que intervinieron en el control contable de los hechos denunciados.

Por último, solicita la documentación existente si estas irregularidades «han sido recurridas en vía jurisdiccional, contencioso-administrativa, social o, en su caso, penal» y, para ello, da un plazo de 15 días.