La Conselleria de Sanidad deberá hacer frente a una cuantiosa indemnización para compensar a una de las diez personas que fueron contagiadas con el virus de la hepatitis C (VHC), que puede causar cirrosis o cáncer de hígado, durante un ingreso en el Hospital Comarcal de la Marina Baixa a finales del año 2011. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha condenado al departamento autonómico que dirige Carmen Montón a indemnizar a esta paciente y a sus familiares directos, su marido y su hijo, con un total de 92.000 euros por los daños físicos y morales que sufrió al contraer esta enfermedad, que el fallo atribuye a una mala praxis sanitaria durante su ingreso.

Ésta es la primera sentencia dictada por el TSJ sobre este asunto que salta a la luz, aunque puede que no sea la última. De hecho, de los diez contagios confirmados y asumidos por el propio Hospital en un informe interno, siete afectados plantearon sendas denuncias, tanto por la vía administrativa como por la judicial, por lo que fuentes relacionadas con el caso no descartaron que la cuantía de las compensaciones se pueda incrementar.

El fallo del TSJ, dictado por la Sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo número 2, se produce a raíz de la denuncia interpuesta por V.M.T., una vecina de la Marina Baixa de 37 años, que en 2014 decidió pleitear contra Sanidad con el apoyo de la asociación Defensor del Paciente, que derivó el caso al letrado Ignacio Martínez. La mujer ingresó en la Unidad de Medicina Interna del Hospital de La Vila el 28 de noviembre de 2011 por un problema estomacal y durante su ingreso recibió fluidoterapia y medicación intravenosa. También se le practicó una colonoscopia. Tres días después, el 1 de diciembre, fue dada de alta por estar todo normal, aunque meses más tarde empezó para ella lo que desde el Defensor del Paciente calificaron ayer como «un calvario».

En una revisión médica, la afectada presentó valores altamente anormales de transaminasas y, tras los oportunos análisis, se le diagnosticó una infección de VHC. Como consecuencia de todo ello, esta mujer pasó de ser «una persona muy activa y alegre, a mostrarse constantemente cansada, sin ganas de nada, con el estado de ánimo por los suelos y perennemente preocupada por no contagiar a su hijo y marido», agregaron desde la asociación.

A raíz de la detección de este caso y de que se descartara cualquier otra vía de contagio que no fuera su ingreso hospitalario, el Servicio de Medicina Preventiva del Hospital inició una exhaustiva investigación interna, en la que se cruzaron datos de más de dos centenares de pacientes y que concluyó que, de todos los enfermos que estuvieron ingresados en aquellas fechas en la misma planta, 13 de ellos dieron positivo en hepatitis C: dos personas que ya la padecían antes de su hospitalización y con un genotipo distinto al del brote; un paciente portador del virus asintomático y que pudo ser el caso primario del contagio; y otros diez enfermos, de entre 35 y 86 años, que presentaban el mismo genotipo que este último y que habrían sido contagiados durante su hospitalización. Además de haber estado ingresados en la misma planta, todos tenían en común que tuvieron colocada una vía intravenosa desde la que se les suministró la medicación.

La sentencia dictada por el TSJ ratifica ahora lo que ya advirtió la investigación llevada a cabo por el Hospital: que la transmisión del virus produjo a través de un suero salino fisiológico multidosis utilizado para la permeabilización de estas vías en varios pacientes a la vez, entre ellos, el que era portador de VHC y desde el cual se habría contaminado el frasco. Asimismo, se recoge que el contagio no fue puntual, sino que se prolongó, al menos, a lo largo de dos días.

Responsabilidad

La Sala estima que existe un nexo causal entre el ingreso hospitalario de V.M.T. y el contagio de este virus y declara la existencia de responsabilidad patrimonial de la Administración, que no acreditó que se extremaron todas las medidas de precaución, controles y protocolos. Por contra, la Conselleria alegó que la demandante no había acreditado la existencia de un daño real, un extremo que el TSJ ha desestimado. El fallo reconoce que, entre las secuelas expuestas por la propia afectada, figuraban la imposibilidad de afrontar un nuevo embarazo y la alteración de su vida cotidiana «por las medidas necesarias» que desde entonces tuvo que afrontar para no contagiar a otras personas.

Por todo ello, condena a Sanidad a pagar a la afectada 80.000 euros de indemnización, 6.000 a su marido y otros tantos para su hijo.