El Consell Jurídic Consultiu (CJC) de la Comunidad Valenciana ha emitido un dictamen en el que recomienda a la Generalitat a indemnizar con 100.000 euros, y a pagar una pensión mensual vitalicia de 1.500 euros, a una niña que sufre parálisis cerebral como consecuencia de padecer una meningitis por contagio infeccioso de la madre en el parto, en el Hospital Marina Alta de Dénia, al no haber recibido el tratamiento profiláctico que era de carácter obligatorio en ese caso.

El órgano consultivo, en su dictamen cree que la menor, de ocho años en la actualidad, debe ser indemnizada con 100.000 euros por daño moral, daños acreditados mediante factura, acondicionamiento de la vivienda y análogos así como con el reconocimiento de una pensión vitalicia mensual por 1.500 euros que serán revisables en función de la evolución del índice de coste de la vida como de la trayectoria de las dolencias.

De este modo, estima parcialmente la reclamación presentada por los padres, que fijaban una indemnización de 1.221.021 euros por daños morales y una renta vitalicia de 2.500 euros revisables. La Administración, por su parte, proponía abonar a los padres 394.143 euros por la estancia hospitalaria y las secuelas a las que debía hacer frente.

Por estos hechos se instruyó un procedimiento penal que concluyó con sobreseimiento de las actuaciones, aunque el CJC señala que el ámbito de la responsabilidad no es el mismo en el administrativo y que la inspección médica concluyó que la atención médica no se ajustó a la «lex artis».

La menor nació el 7 de julio de 2003 en el Hospital Marina Alta de Dénia. La niña sufrió daños por no administrarle durante el parto el tratamiento antibiótico que precisaba al haber padecido la madre infecciones de orina de repetición durante el embarazo y advertir de ello al centro al llegar a término la gestación.

Cultivos positivos

Además del informe de la Inspección, en la causa obra otros como el suscrito por un pediatra a instancias de parte que concluyó que era «obligatoria» la profilaxis antibiótica durante el parto. En la cartilla de embarazo, con seguimiento en Benidorm, se anotó «streptococus agalactiae grupo B en orina», con cinco urinocultivos que dieron positivo a aquella bacteria. Por ello, el CJC señala que ante la «claridad» de los pronunciamientos contenidos en el expediente, se puede concluir que en este caso existe nexo causal entre los daños sufridos por los interesados y el funcionamiento de los servicios sanitarios autonómicos, sin que concurra fuerza mayor ni los padres tengan la obligación jurídica de soportar los daños, por lo que procede declarar la responsabilidad patrimonial de la Generalitat Valenciana.