El Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV) ha dado el visto bueno definitivo a la modificación puntual número 6 del Plan Especial de Usos e Infraestructuras (Pedui) del área de Terra Mítica, según una sentencia hecha pública.

En este fallo, el TSJCV ha desestimado el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Benidorm contra una resolución dictada en marzo de 2011 por la Administración autonómica por la que se aprobaba dicha modificación.

La decisión de la Generalitat afectaba a cinco parcelas de suelo no urbanizable de casi 133.000 metros cuadrados que habían sido adquiridas en su día por el constructor Enrique Ortiz para construir en la zona hoteles y apartamentos turísticos.

El propio constructor solicitó al Consell el cambio de algunos parámetros urbanísticos de ese suelo, que fueron recogidos en la referida modificación puntual.

Entre ellos, Ortiz pedía reducir a 2.000 metros cuadrados la parcela mínima, que la separación de lindes pasara de 20 a 7 metros o que se incrementara en una altura el suelo destinado a uso hotelero y apartamentos turísticos.

Fue entonces cuando el Ayuntamiento de Benidorm, gobernado por el PSOE, presentó su recurso al entender que se vulneraba el principio de autonomía de las entidades locales y que se incurría en fraude de ley, porque se mantenía como suelo no urbanizable y, sin embargo, se le estaba dotando de una ordenación propia de suelo urbano o urbanizable. También se exigía que el Consistorio recibiera el 10% del aprovechamiento del suelo.

En su sentencia, el TSJCV rechaza todos los argumentos del Ayuntamiento.