No habla textualmente de un traje a medida, pero da muchos apuntes que podrían llevar a esta conclusión. El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, ha tumbado el pliego de prescripciones técnicas aprobado por el gobierno local de Benidorm, formado por PSOE y CDL, para adjudicar el servicio de grúa y zona azul a una nueva empresa tras la rescisión del contrato a ParkControl 2000. La decisión se sustenta en que, en opinión de dicho tribunal, los requisitos exigidos en el pliego «restringen notablemente la libre concurrencia» de empresas licitadoras, lo que obligará ahora al Ayuntamiento a rehacer por completo el pliego e iniciar un nuevo proceso de licitación por concurso público.

La resolución del Tribunal de Contratos, fechada el pasado 24 de octubre y a la que ayer tuvo acceso este diario, se produce a raíz de dos recursos promovidos por las mercantiles Dornier SA y Estacionamientos y Servicios SAU, que explotan el estacionamiento regulado por el sistema ORA y otros servicios relacionados con la movilidad en numerosas ciudades del país, como Madrid, Burgos, San Sebastián, Oviedo, Pamplona o Valladolid, entre otras.

Ambas empresas consideraron que existía un error en la calificación del contrato, al calificar como de «gestión de servicio público» lo que, a su juicio, es una «mera yuxtaposición de prestaciones, propias de diversos contratos diferentes». O, dicho de otra manera, que el Ayuntamiento intentó agrupar en una única concesión cuestiones que poco tienen que ver entre sí y que deberían adjudicarse por medio de distintos lotes para permitir que más empresas pudieran presentar sus ofertas.

Contrato «novedoso y pionero»

El gobierno local de Benidorm aprobó en solitario, el pasado 4 de agosto, un pliego impulsado por el área de Movilidad que pretendía ser «novedoso y pionero» y al que sólo concurrió una única oferta: la unión temporal de empresas formada por SICE -la concesionaria del alumbrado público en Benidorm- y Auplasa, socia de Enrique Ortiz en la UTE hasta ahora encargada de la explotación de la estación de autobuses. El objeto del contrato, denominado de «Movilidad urbana y seguridad vial», pretendía aglutinar bajo una misma concesión la gestión de los servicios de zona azul, retirada de vehículos, inmovilización y depósito de vehículos, señalización viaria y control de velocidad en el casco urbano, más otros adicionales, por un periodo de diez años y a cambio de un canon anual de 5.000 euros.

A juicio del Consistorio, todos estos encargos estaban «relacionados entre sí y garantizaban dar respuesta a la demanda social de realizar inversiones en esta materia, así como gestionar más eficientemente los recursos, fomentando sinergias», como ayer defendió la edil del área, Mari Carmen Martínez, a través de un comunicado.

No opinaron lo mismo las empresas recurrentes ni, ahora, tampoco el Tribunal de Contratos. La resolución contempla que «el único nexo de unión que existe entre las diversas prestaciones es que se refieren a la movilidad y la seguridad vial, fuera de lo cual, carecen entre sí de la necesaria vinculación material». Esta acumulación de tareas, según el mismo documento, requeriría de «una experiencia, unas capacidades y unos medios, materiales y humanos, muy distintos entre sí y que rara vez van unidos en un mismo contratista». De ahí que, «al unirlas todas en un mismo contrato, es indudable que se restringe notablemente la libre concurrencia, ya que muy pocos contratistas están capacitados para prestar, simultáneamente, tan diversas tareas».

Rigurosidad y laxitud a la vez

Este hecho, al juicio del Tribunal, «bastaría para anular la licitación pública». Pero, sin embargo, la resolución va más allá. Por un lado, entiende que algunos requisitos, como la solvencia económica de las empresas, «son demasiado laxos, ya que no exigen una cifra mínima en cuanto a volumen de negocio y, sin embargo, son demasiado rigurosos a la hora de medir la solvencia técnica», algunos de los cuales se exponen en la tabla anexa a esta información, y que el Tribunal considera que hay que retirar, o al menos aclarar, en el nuevo pliego.

Por otro lado, también destaca que la fórmula alegada por el Ayuntamiento para defender su pliego, como la posibilidad de concurrir mediante una unión temporal de empresas, «no resultan nada convincentes», debido al «limitado plazo que se concede a las potenciales licitadoras para articular los oportunos acuerdos». Por tanto, a juicio del Tribunal, «sólo aquella empresa que, casualmente, pudiera imaginarse un contrato con objetos tan distintos sería capaz de haber organizado una UTE para presentarse al concurso».

Contra la resolución de este Tribunal cabe ahora recurso por la vía contenciosa. No obstante, el Consistorio ya anunció ayer que, pese a no estar de acuerdo con el fallo, que la edil de Movilidad calificó como «totalmente subjetiva», redactará un nuevo pliego de condiciones para licitar el servicio de grúa y de zona azul, que hasta la fecha está gestionando la Agencia Tributaria, al tener embargada la concesión por los impagos de ParkControl.