El alcalde de Finestrat, Honorato Algado, tendrá que declarar como imputado en las diligencias abiertas en un juzgado de Benidorm para esclarecer las circunstancias que rodearon la muerte de dos británicos durante una riada que arrasó el mercadillo de la Cala en octubre de 2011, cuyo emplazamiento había sido prohibido expresamente por la Confederación Hidrográfica del Júcar en la sanción que se le impuso al Consistorio por ocupar el cauce del barranco. Además de los fallecidos hubo dos heridos que fueron hospitalizados a causa de las heridas sufridas en la riada y varias víctimas se han personado en la causa para reclamar una indemnización.

La citación del juzgado de Instrucción número 4 de Benidorm no expresa la imputación de un delito concreto y sólo hace referencia a las diligencias abiertas contra el Ayuntamiento de Finestrat. Por contra, sí deja bien claro la juez del caso que Honorato Algado prestará declaración en calidad de imputado.

La fecha prevista para la declaración del alcalde era hoy miércoles, aunque a última hora se suspendió ayer a petición de su abogado, Javier Boix, a la que se sumó posteriormente la de la abogada de uno de los heridos en la riada, Mariana Ivanov. El alcalde cuenta para su defensa con el mismo abogado que asistió a Camps en el juicio por el caso de los trajes, donde consiguió su exculpación. Alguna de las partes personadas se plantea que la acusación sea por homicidio por imprudencia porque el emplazamiento era ilegal y estaba lleno de carteles advirtiendo del peligro de riadas. No obstante, será finalmente el juzgado quien decida, en función del resultado de las investigaciones.

Mientras que el alcalde de Finestrat aseguró tras la riada que la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) no confirmó al Ayuntamiento si podía instalar el mercadillo en el barranco, el juzgado de Benidorm que investiga el caso ha recibido 33 documentos de la CHJ en los que se incluye todo el proceso del expediente sancionador, desde que se denunció en marzo de 2009 la ocupación del cauce del barranco.

El Ayuntamiento presentó varios recursos en el proceso pero la ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino le impuso en octubre de 2010 una sanción de 83.163 euros por una infracción grave a causa de la ocupación del cauce del barranco de la Cala. La resolución también decía que el Ayuntamiento de Finestrat debía reponer el dominio público hidráulico a su estado anterior, ya que había asfaltado la zona donde se instalaba el mercadillo gestionado por el Consistorio.

Lo que estaba bien claro en la sanción ministerial era que se impuso al Ayuntamiento "la obligación de abstenerse de ocupar el dominio público hidráulico del barranco de la Cala con el mercadillo municipal, en tanto no cuente, en su caso, con autorización del organismo de cuenca".

Poco después de producirse la riada, el Ministerio de Medio Ambiente dictó una nueva resolución -fecha el 4 de noviembre- en la que desestimaba el recurso de reposición del Ayuntamiento y ratificaba de forma íntegra la sanción.

Una de las alegaciones planteadas por el Consistorio de Finestrat en el proceso abierto por la Confederación del Júcar fue la prescripción de la infracción grave por haber transcurrido dos años, aunque no fue estimada. Al menos si logró rebajar la sanción de 331.000 euros por una infracción muy grave a la multa de 83.163 euros por infracción grave.

Alegan falta de dinero para pagar la multa

Uno de los motivos esgrimidos por el Ayuntamiento para pedir la suspensión de la sanción de 83.000 euros era la situación económica del Consistorio. En un documento enviado en noviembre de 2010 al Ministerio de Medio Ambiente, el alcalde aseguraba que no podían hacer frente al pago de la sanción porque el Ayuntamiento tenía ya en esa época "serias dificultades para hacer frente al pago de las nóminas de los trabajadores" y ni siquiera podían "cubrir los gastos corrientes". El decreto del alcalde añadía que hacer frente al pago de dicha sanción "colocaría al Ayuntamiento en una situación muy delicada económicamente, ocasionando perjuicios económicos irreparables". Esta alegación también fue desestimada en el último recurso, donde el ministerio dice que debe plantearse en otro momento del proceso, pero le advierte al mismo tiempo de que como poder público tiene una "especial y obligada sujeción, como el resto de los ciudadanos, tanto a la Constitución como al resto del ordenamiento jurídico".