El juzgado de lo contencioso administrativo número 2 de Alicante ha dejado sin efecto la ampliación del contrato de concesión de la gestión del agua potable y alcantarillado de Benidorm a la empresa Aquagest. Aquella ampliación fue acordada por el pleno del Ayuntamiento, en octubre de 2008 a cambio de la entrega al consistorio de tres millones de euros en concepto de adelanto de parte de su beneficio industrial. El contrato para la entrega del dinero, no obstante, nunca llegó a firmarse porque la causa se encontraba siendo objeto de un litigio judicial. La mercantil Aguas de Valencia decidió presentar un recurso de reposición ante el pleno, pero ante la desestimación presunta -no se debatió nunca para estimarlo o desestimarlo- optó por acudir al contencioso administrativo, que ahora le ha dado la razón.

Aquagest tenía la concesión hasta el año 2037. Esta sociedad logró la concesión en abril de 1987. En julio de 1996 se prorrogó hasta julio de 2007 por diez años. Sin embargo, en noviembre de 2004 el Ayuntamiento volvió a aprobar otra prórroga hasta julio de 2017. Otros diez años más. Apenas cuatro años después, en octubre de 2008, el gobierno municipal del PP volvió a aprobar una ampliación, en este caso de 20 años. Lo hacía nueve años antes de expirar la última prórroga y fijaba la nueva fecha de término de la concesión en el año 2037.

Ante ello, Aguas de Valencia recurrió a la justicia, pese a que el Ayuntamiento invocaba como causa de inadmisibilidad del recurso la falta de legitimación de la mercantil. Ese argumento también ha sido "tumbado" por el juzgado porque el juez entiende que la empresa tenía "interés legítimo" al ser su objeto social el agua y poder concurrir a cualquier procedimiento que se convoque.

En la sentencia se indica que el Ayuntamiento opta por una fórmula no prevista en el pliego de condiciones y alude a las dudas del informe de Intervención respecto al "corto lapso de tiempo habido desde el acuerdo anterior, como la larga duración de la nueva y sucesiva prórroga". Intervención señalaba también que la prórroga había sustituido "compensaciones complementarias menores por el ingreso de tres millones de euros detraídos con cargo a los beneficios de la empresa" y echaba en falta que no hubiera "un listado de inversiones a realizar".

El juez cree además que ampliar la contrata hasta 2037 supone "impedir a las próximas corporaciones que puedan constituirse cualquier posibilidad de alteración del régimen concesional".