J. MARÍN
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha confirmado la nulidad de una licencia de obras concedida por el PP cuando gobernaba en Alfaz del Pi al desestimar el recurso interpuesto por el Ayuntamiento y la mercantil Globmed Aleta contra la sentencia del juzgado de lo contencioso administrativo número 3 de Alicante, que declaró contraria a derecho la licencia.
El juzgado declaró asimismo "nulo y sin efecto por no ser conforme a derecho" el acuerdo de la Junta de Gobierno del Consistorio alfasino del 21 de junio de 2004 por el cual se concedía la licencia de obras a la citada empresa por valor de 422.732,56 euros. Los apelantes, entonces concejales del PSOE, Esperanza Delgado y Antoni Such, argumentaban que la licencia no era válida "por la no existencia de los servicios urbanísticos necesarios". La Junta de Gobierno otorgó la licencia pese a que los informes técnicos apuntaban que para convertir la parcela en solar era preciso el proyecto de urbanización "con lo que era evidente que la zona se encontraba sin urbanizar y no tenía todos los servicios" que exigía la ley. Según los técnicos el urbanizador debía asumir las acometidas de agua potable, el colector de aguas residuales, aceras perimetrales y conglomerado asfáltico, servicios de los que carecía la parcela. En ese sentido, la LRAU establece que para edificar una parcela, antes es necesaria su conversión en solar y el compromiso de no utilizar la edificación hasta la conclusión de las obras de urbanización.
En cualquier caso, la licencia que autoriza la urbanización debía recoger el compromiso de que la urbanización y la edificación serían simultáneas. Algo que en este caso no sucedía.