El TSJ ha desestimado el recurso de Finestrat para anular la resolución de la Consellería de Comunicación que aprobó los criterios que regían el procedimiento de concesión de programas de televisión digital local a los municipios. Finestrat quedó entonces excluido de aquella relación. El tribunal considera que "sólo los municipios incluidos en una demarcación del Plan Técnico de la Televisión Digital Local podrán acordar la gestión directa del programa de televisión local con tecnología digital" y recalca que "no basta el acuerdo del Pleno". En 2004 el Plan fijó los canales múltiples de cada demarcación y en ninguno de ellos aparecía Finestrat.