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VICENTE ZARAGOZA La parcela que ahora se ha fallado debe revertirse a su antiguo propietario alberga en la actualidad el complejo cultural de Caravana, levantado por el Ayuntamiento de La Nucía, constituido por una biblioteca, una biblioteca infantil, un bar restaurante y un parque infantil, según recoge la sentencia emitida por el TSJ.
El fallo señala que, inicialmente el expediente de expropiación para la ampliación del vial se produjo sobre 2.400 metros de la parcela, y que fue la mercantil propietaria de la finca la que solicitó, y se aceptó, que se expropiase la totalidad de la finca, on una superficie de 4.347 metros cuadrados, pagándose por el exceso de la superficie que se incluyó en la expropiación, 1.947 metros cuadrados, la cantidad de 3.904 euros.
En este solar que no se utilizó para la ampliación del vial, el Ayuntamiento construyó lo que la sentencia recoge como un área de descanso y dotacional de dicho viario, la CV-70. La mercantil que interpuso el contencioso contra la Generalitat, basa su solicitud en que se alteró el fin concreto en el que se basaba la expropiación del solar, por la que reclamaba su reversión, previa la devolución a la Generalitat de los 3.904,70 euros recibidos en su día por los 1.947 metros expropiados.
Se da la circunstancia que fue la propia mercantil la que insistió en un escrito del 18 de noviembre de 1997, en que se expropiara la totalidad de la parcela, y no solamente los 2.400 metros necesarios para ampliar el vial. En septiembre de 1999 la empresa desiste del ofrecimiento, y reclama el solar e inicia el litigio.
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