V. ZARAGOZA
El Ministerio de Medio Ambiente recurrirá las dos sentencias emitidas a principios de mes por la Sección Segunda del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en las que se desestimaban sendos recursos interpuestos por la Abogacía del estado contra la resolución de la Dirección General de Puertos y Costas de 29 de abril de 2005, en la que se autorizaba a la mercantil Edificaciones Calpe SA a la construcción de un complejo residencial en la zona de servidumbre de protección de la Costa, en Punta Llisera, en el término municipal de Benidorm. Ambos fallos reconocían los derechos a edificar en dicha zona, dado que la licencia de obras fue otorgada por el Ayuntamiento de Benidorm el primero de junio de 1988, -siendo alcalde el socialista Manuel Catalán Chana-, antes de que entrara en vigor la Ley de Costas, a la que ahora se alude para impedir la edificación. Dicha normativa entró en vigor el 28 de julio de ese mismo año, casi dos meses después de concederse la licencia.
En este sentido, la subdelegada del Gobierno, Encarna Llinares, junto al director provinciald e Costas, Vicente Martínez, manifestó ayer en Finestrat, que ambas sentencias han sido recurridas, y que, de modo paralelo, el Ministerio prosigue el expediente de expropiación de la parcela de 2.884 metros cuadrados, declarada de utilidad pública por el Consejo de Ministros el 15 de junio de 2007. Martínez señaló que el fallo judicial no interrumpía el expediente administrativo de expropiación, y que, en su día, ya se levantó acta notarial de la construcción realizada en dicho solar una vez notificada al promotor la resolución de expropiación del suelo afectado. El acta fue remitida al Ministerio, "y a partir de ahí, cualquier otra cosa que se construya, o acción que se lleve a cabo relacionada con la construcción, es a cuenta y riesgo de los promotores y no entra en la valoración de las indemnizaciones a que haya lugar", según indicó el jefe provincial de Costas.