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SENTENCIA

El TSJ rechaza la apelación del hombre cuya vivienda se quedó el Ayuntamiento

El tribunal considera que el recurrente no aportó pruebas sobre su incapacidad e imposibilidad de defender sus derechos frente a SUMA

 03:49  
Una imagen de Pedro Narciso en el pleno en que se debatió su caso
Una imagen de Pedro Narciso en el pleno en que se debatió su caso EVA GARCÍA

JULIO MARÍN E

l Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha desestimado el recurso de apelación presentado por Pedro Narciso de la Cruz contra la resolución del Ayuntamiento de Benidorm que decidió no entregarle la que había sido su vivienda a pesar de que así lo decidió un acuerdo plenario votado por mayoría socialista. El tribunal condena, además, al pago de las costas al apelante.

El caso arranca cuando Pedro Narciso de la Cruz perdió su vivienda al ser embargada por SUMA tras no haber hecho frente a los recibos. Aquella vivienda fue adquirida después por el Ayuntamiento en subasta a un precio muy inferior al de mercado. Fue entonces cuando el apelante inició una huelga de hambre y el PSOE hizo bandera de este caso exigiendo la entrega de la vivienda a su anterior dueño. Los socialistas pidieron un pleno para ello en el que varios ediles populares no acudieron para dejar en mayoría a la oposición. Después les acusarían de prevaricación y el alcalde resolvió suspender indefinidamente la ejecución del acuerdo plenario. El mismo sería después anulado por un juzgado de Alicante y el fallo apelado por Pedro Narciso de la Cruz ante el TSJ, órgano que ahora le ha quitado la razón.

El apelante solicitaba la revocación de la sentencia al alegar que "estuvo incapacitado durante un período de tiempo que le impidió defender adecuadamente sus derechos frente a SUMA". En este sentido, el tribunal establece que el argumento debe desestimarse "a la vista de la falta de prueba de tal extremo y de la actuación contradictoria del propio apelante" y añade que "toda persona es capaz mientras no se demuestre lo contrario, incluso cabe actuar una vez incapacitado judicialmente a través de su tutor o representante legal". Igualmente tilde de "inadmisible" el hecho de que se pretendiera "sin aportar una prueba seria de tal incapacidad, revisar una actuación administrativa firme con la mera invocación de un diagnóstico médico".

Tras conocer la sentencia, el portavoz popular Antonio Pérez, señaló que "ni nos alegramos entonces, ni nos alegramos ahora de la situación particular de una persona y de sus consecuencias. Sólo debemos valorar que el gobierno del Ayuntamiento actuó en todo momento amparado por la Ley y defendiendo el interés general. Quienes se equivocaban eran los que intentaron sacar réditos políticos de la situación de una persona".

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