ALTEA

El TSJ imposibilita la ampliación del puerto deportivo Luis Campomanes

Una sentencia del tribunal ratifica la suspensión del trasplante experimental de la posidonia oceánica por sus pobres resultados

 
Imagen reciente de las instalaciones del puerto deportivo Luis Campomanes en Altea
Imagen reciente de las instalaciones del puerto deportivo Luis Campomanes en Altea DIEGO COELLO

DIEGO COELLO E
l Tribunal Superior de Justicia ha cerrado la puerta a la ampliación del puerto deportivo Luis Campomanes de Altea. En la sentencia del 28 de diciembre se desestima el recurso de la mercantil Marina Greenwich, S.A. (concesionaria del puerto);, contra la resolución de la Dirección General de Gestión de Medio Natural, del 6 de octubre de 2005, por la que se suspendió provisionalmente "la autorización concedida para el trasplante experimental de posidonia oceánica y pinna nobilis en el municipio de Altea".
Con esta sentencia, la ampliación del puerto Campomanes podría no llevarse a cabo, puesto que estas obras "estaban condicionadas al trasplante por el promotor de las praderas de posidonia y poblaciones de pinna nobilis existentes en el fondo marino que sea ocupado por los nuevos diques proyectados", según consta en el auto del TSJ.
El proyecto de ampliación suponía duplicar su superficie actual y el número de amarres hasta los 1.089 puntos, además de construir un nuevo dique al sur de 685 metros de longitud y un nuevo espigón de Levante de otros 265 metros. Las obras de ampliación han sido siempre objeto de polémica desde que el 31 de mayo de 2000 se publicó en el DOGV el proyecto del nuevo puerto deportivo, y los ecologistas y algunos grupos políticos han manifestado siempre que su construcción afecta a uno de los mejores ecosistemas del Mediterráneo. Tanto Ecologistas en Acción como WWF/Adena y Greenpace han denunciado reiteradamente que las obras de ampliación han destruido más de diez mil metros cuadrados de posidonia. La sentencia del TSJ deja claro que "no se garantiza la adecuada conservación de este hábitat prioritario, una vez transcurrido un año desde el trasplante, que ha producido una pérdida notable de cobertura superior al 50% y de densidad de haces en un 81,8 % según el Institut d'Ecología Litoral".

Fracaso demostrado

El Tribunal no se pronuncia sobre la paralización de las obras de ampliación del puerto, pues "es una cuestión ajena a la corrección administrativa impugnada". Aunque incide en que "el fracaso del ensayo del trasplante no plantea dudas a esta Sala, puesto que ha quedado suficientemente demostrado a través de los informes del organismo evaluador". La ampliación estaba supeditada al éxito del trasplante.

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