El Consejo Jurídico Consultivo (CJC) ha emitido un dictamen en el que insta al Ayuntamiento de Santa Pola a indemnizar a los vecinos de una urbanización de Gran Alacant con 124.000 euros por el alto volumen de la música de un chiringuito de playa que no tenía licencia para el uso de aparatos sonoros, según recoge la memoria de la institución en 2012.

Este órgano jurídico consultivo ha declarado la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento y ha estimado en parte la denuncia de los 124 vecinos de la urbanización contra este chiringuito. En diciembre de 2010 el representante de la comunidad de propietarios Carabasí formuló una reclamación de responsabilidad patrimonial, en la que instaba una reparación económica para cada uno de los vecinos de la urbanización por las molestias que causaba este establecimiento de ocio.

Los vecinos presentaron decenas de denuncias debido a las molestias y daños morales que han sufrido y que padecieron durante las noches de verano, por la contaminación acústica procedente de un chiringuito de playa, cuyo funcionamiento fue autorizado y prorrogado por el Ayuntamiento de Santa Pola.

La reclamación se fundamenta en que los servicios municipales «no habrían desarrollado las actuaciones oportunas para garantizar el derecho al descanso nocturno de los residentes», al no haber evitado que un establecimiento de temporada o chiringuito de playa produjese molestias a los vecinos.

Desde 2009

Según la documentación del expediente, el chiringuito «no estaba autorizado para el uso de aparatos, equipos sonoros o instrumentos musicales» cuyas emisiones pudieran molestar al vecindario, y antes de la reclamación se habían dirigido «múltiples quejas y denuncias» a la Policía Local, Guardia Civil, así como al Síndic de Greuges y al Defensor del Pueblo.

La reclamación vecinal comenzó en 2009 y se fundamenta en que los servicios municipales «no habrían desarrollado los actuaciones oportunas para garantizar el derecho al descanso nocturno de los residentes, al no haber evitado que este establecimiento de temporada», autorizado por la Junta de Gobierno Local con la condición específica de que la ambientación musical no podía molestar a los vecinos, «hubiera ajustado su funcionamiento nocturno a dicha condición en todo momento».

Por este motivo, el CJC ha instado a indemnizar con 1.000 euros a cada uno de los 124 vecinos de la urbanización, cuando en un primer momento la reclamación presentada por estos ascendía 286.440 euros por molestias y daños.

Prevaricación ambiental

Asimismo, los vecinos del residencial han presentado ante un juzgado de instrucción de Elche una demanda por «prevaricación ambiental omisiva» contra los Ayuntamientos de Santa Pola y del muncipio ilicitano por conceder licencias de apertura a establecimientos en una zona de servidumbre del dominio público marítimo terrestre que requiere una protección. Con ello, según el abogado que dirige el caso, Roberto Batllés, en este espacio tan sólo se permite conceder licencias para chiringuitos dedicados a servir comida y bebida.

El pasado verano, los afectados presentaron una denuncia contra los dos ayuntamientos con la que exigían una indeminzación de 600.000 euros por las molestias ocasionadas por el ruido.

Desde el Consistorio santapolero defienden que la actividad de ocio en la zona es legal y que se han realizado auditorías para medir los ruidos desde distintos puntos de Gran Alacant.