EFE
La sentencia de la sección tercera de la Audiencia, facilitada a Efe, señala que J.A.P.M. y A.J.Q.G. habían alegado, con el apoyo del fiscal, la prescripción de la causa porque entre los hechos y el auto de señalamiento de la vista, el 25 de noviembre de 2006, se superó "por unos días" el plazo de seis meses previsto para la vigencia de las faltas.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Villajoyosa les había condenado por una falta de desobediencia a una multa de seis euros diarios durante sesenta días.
Los hechos ocurrieron el 21 de mayo de 2006 sobre las 13.30 horas, cuando los dos encausados formaban parte de un grupo de 29 personas del colectivo Tortuga que se dirigió a las inmediaciones de la base de Aitana, en el término de Confrides.
J.A.P.M. y A.J.Q.G. hicieron caso omiso de una señal de prohibido el paso y de las órdenes de dos agentes de la Guardia Civil en el sentido de que no podían dirigirse por un camino de acceso a la base del Ejército del Aire y penetraron en el vial y,además, lograron acceder a la zona militar tras saltar la valla.