CLARA R. FORNER
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os colectivos vecinales contrarios a la instalación de los silos de cemento y de la planta de biodiésel en la zona de ampliación del Puerto de Alicante consideran que todavía existen argumentos legales que les permiten seguir luchando contra estas instalaciones, a pesar de que el Gobierno haya derogado el reglamento que prohibía instalar industrias peligrosas a menos de dos mil metros de cualquier núcleo de población. Esta normativa, como informaba ayer este diario, ha quedado abolida por la entrada en vigor de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera.
Manuel Alcón, presidente de la Asociación de Vecinos Gran Vía Sur
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Puerto «Avanza» y miembro de la Plataforma en Defensa del Puerto considera que «esta ley es incluso mejor que la anterior pues, aunque es cierto que ahora no hay una limitación de distancia y ya no podemos ir a los tribunales por el tema de los 2.000 metros, sin embargo antes se podía instalar una industria peligrosa a 2.050 metros. Ahora quizás no se pueda poner ni siquiera a 3.000 o 5.000 metros porque hace a los ayuntamientos responsables de las licencias que dan y establece unas sanciones muy elevadas». Alcón destaca que la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera cataloga el cemento como sustancia potencialmente contaminante.
Alcón critica que el Ayuntamiento todavía no haya recibido a los vecinos para abordar la cuestión y sugiere que, tras este cambio normativo, «es un buen momento para sentarse sobre la mesa y dialogar».
Por su parte, el presidente de la Plataforma en Defensa de la Entrada Sur, Antonio Moya, señala que la anulación del reglamento es una «salvajada del Gobierno central» y que da la razón a su agrupación «cuando pedíamos contraprestaciones para el barrio» en el caso de que finalmente se instalaran los silos.
Efecto retroactivo
Mientras tanto, el candidato de Esquerra Unida al Congreso, Miguel Ángel Pavón, recuerda que «el reglamento estaba vigente cuando la Autoridad Portuaria aprobó la modificación de la concesión», con lo cual «pensamos que es impugnable ya que la ley no se puede aplicar de forma retroactiva».
En cuanto a la licencia municipal Pavón señala que «habrá que ver con qué fecha se ha solicitado, ya que, si es anterior a la aprobación de la ley, entonces también sería aplicable el reglamento». Pavón insiste en que «esa actividad es insalubre y peligrosa» y advierte de que, en todo caso, la citada normativa «es completamente aplicable» para el caso del biodiésel puesto que, cuando se inició el procedimiento permanecía vigente.