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Tribunales

Juzgan al ex alcalde de Alfaz del Pi por supuesta prevaricación al expropiar un terreno para construir un vial

 17:42  
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La Audiencia Provincial de Alicante juzgará la próxima semana al alcalde de Alfaz del Pi entre 1979 y 2002, Antonio Fuster, por presunta prevaricación, desobediencia y falsedad documental a raíz de la construcción de un vial que invadió parte de dos propiedades particulares.

EFE Por los hechos, la acusación particular pide imponer al ex alcalde una multa de entre seis y doce meses y suspensión de empleo y cargo público entre seis meses y un año por falsedad documental.

También reclama una multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para cargo público de seis meses a dos años por el delito de desobediencia y otra suspensión de empleo público entre siete y diez años por prevaricación, así como que haga frente una indemnización y al pago de las costas.

Esta es la petición que hará la acusación particular, mientras que la Fiscalía solicitará la absolución del ex alcalde en el transcurso de la vista penal que se celebrará en la sección segunda de la Audiencia alicantina el próximo día 12 a las 10 horas.

En su calificación, la acusación particular representa a los particulares María del Pilar P.G.M. y a Frank D., quienes consideran que en 1988 el entonces alcalde de Alfaz del Pi aprobó un proyecto de urbanización que infringía las determinaciones del plan parcial al trazar un vial que "invadía" en más de 150 y 70 metros cuadrados sus propiedades.

Tras las reclamaciones desoídas por el Consistorio, la Audiencia ordenó en 1990 la suspensión inmediata de las obras del vial, al considerar que suponía un atentado al derecho de los afectados, aunque el Ayuntamiento hizo "caso omiso" y prosiguió con las obras hasta finalizarlas.

Según la representación legal de los perjudicados, los propietarios recurrieron al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV);, órgano al que el ex alcalde remitió una certificación oficial de expediente de modificación puntual del PGOU para respaldar la actuación municipal.

Sin embargo, la entonces Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes (COPUT); notificó en 1997 que en sus archivos no constaba expediente alguno de modificación puntual del PGOU lo que, según los afectados, evidencia "las sucesivas falsedades documentales en que el señor alcalde incurrió".

Además, añaden que Fuster incurrió en "reiterada desobediencia" por no remitir al TSJCV la supuesta modificación del PGOU que había realizado.

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