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Alicante multará a los bañistas por eludir la bandera roja, llevar sus mascotas o ensuciar la playa

El Ayuntamiento hará propio el modelo de ordenanza de la Federación de Municipios y comenzará a sancionar el próximo verano

 
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Una mujer 

baña a su perro en una playa alicantina en imagen de archivo
Una mujer baña a su perro en una playa alicantina en imagen de archivo   MAR MARTÍNEZ

S. E. L a Concejalía de Playas del Ayuntamiento de Alicante está elaborando una ordenanza - basada en el modelo que la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (FVMP); remitió a principios de verano a todas las localidades con litoral de la provincia - en la que, además de las ya anunciadas sanciones para los bañistas que incumplan
La concejala asegura que esta nueva ordenanza «estará vigente el próximo verano y las multas se aplicarán a quienes la incumplan independientemente de la época del año en la que lo hagan». En la actualidad, explica que «la normativa en cuanto a playas está obsoleta y, aunque la Policía ya puede sancionar a quien ensucie la playa, las multas son mínimas y hay que endurecerlas».
El Ayuntamiento está trabajando sobre el modelo de ordenanza elaborado por la FVMP en colaboración con Cruz Roja y con la Federación de Salvamento y Socorrismo de la Comunidad Valenciana, que contempla multas de hasta 1.500 euros por bañarse con bandera roja. La edil señala que «nos ajustaremos a él para poder multar», pero no precisó si se mantendría el mismo régimen sancionador. De ser así, las faltas leves podrán ser multadas por los agentes de la Policía Local con un importe de hasta 750 euros. Entre estas infracciones se encuentran los juegos que puedan molestar al resto de usuarios, ensuciar la playa, tocar instrumentos musicales o escuchar radios con un volumen alto, el uso indebido de las duchas, reservar el sitio dejando solos la sombrilla y bártulos en el arenal, entre otras.
Entre las faltas graves, que podrán ser multadas con un importe entre los 751 y los 1.500 euros, está el bañarse cuando esté izada la bandera roja o hacer fuego, barbacoas y utilizar bombonas de gas en la playa. También el llevar animales en época de baño, pescar fuera de horario en espigones y playas (sí se permite entre las 21 y las 9 horas); o la práctica de deportes como el windsurf o kitesurf en zonas no habilitadas en horario de baño.
En cuanto a las infracciones muy graves, se podrían sancionar hasta con 3.000 euros. Entre ellas está el vertido de contaminantes, la circulación de embarcaciones a menos de 200 metros de la costa o el incumplimiento de los requerimientos de los agentes.

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