Defendió a un grupo de ciudadanos franceses acusados de abusar en grupo de una turista británica a la que recogieron en su coche en Benidorm. La sala no les condenó por violación, sino por abuso sexual, al entender que no hubo violencia. En aquel caso defendió que se trató de una relación consentida, hecho que el tribunal no consideró probado aunque las penas que se impusieron fueron inferiores a las de la sentencia de La Manada.

P ¿Considera que son equiparables la sentencia de Benidorm a la de La Manada?

R Los hechos vienen siendo muy similares porque en ninguno de los dos casos ha resultado probado para la sala que el delito se cometiera usando la violencia. La intimidación no es algo que se pueda presuponer y los hechos son incardinables en el delito de abuso sexual. Exige que el acusado se aproveche de una situación de superioridad sobre la víctima, sin que la misma haya dado su consentimiento.

P ¿Cree que han sido resoluciones blandas?

R Son resoluciones acordes a derecho. Los hechos incardinables al delito por el que el tribunal condena. Además no debemos olvidar que la condena en el caso de La Manada es de nueve años de prisión, que es un año menos que la pena que se puede imponer en un delito de homicidio.

P ¿Se debe endurecer la legislación contra delitos sexuales?

R Lo que se debería hacer es simplificar los tipos penales que existen. Las penas que existen, yo las considero adecuadas. Hay demasiados tipos penales para estos delitos y son muy enrevesados. Simplificándolos se podrían entender mejor.

P ¿A qué achaca el incremento de los delitos sexuales en los últimos años?

R No soy un experto experto en ese tema, pero desde mi punto de vista ha habido un cambio radical de valores en la sociedad. Las nuevas tecnologías están permitiendo que determinados contenidos se distribuyan más rápidamente. No estoy hablando sólo de pornografía, sino también de otros materiales que también favorecen la pederastia y la pedofilia.