El Consell aprobó ayer el decreto que regula el contenido y formalización del Informe de Evaluación del Edificio aplicable a los edificios para uso residencial con viviendas, tanto unifamiliares como plurifamiliares (chalets, bungalows y villas), así como su tramitación y registro oficial. En la provincia de Alicante existen 86.214 edificios construidos antes de 1960, de los que la conservación de 22.521 está considerada como mala o deficiente; 1.568 se consideran en ruinas y 62.125 en buen estado, según los datos del Instituto Nacional de Estadística. Según el Colegio de Arquitectos, unos 45.000 inmuebles son susceptibles, además, de someterse a una rehabilitación en la provincia de Alicante.

El informe es el documento oficial que describe las características constructivas de los elementos comunes de un edificio, indicando su estado de conservación, las condiciones básicas de accesibilidad y la evaluación de la eficiencia energética del mismo. Es obligatorio para los inmuebles de más de 50 años y para poder acceder a las ayudas a la rehabilitación.

Además, debe recoger las deficiencias constructivas, funcionales, de seguridad o de habitabilidad en fachadas, suelos, estructuras, medianeras o cubiertas, con el fin de advertir y orientar sobre las acciones para mantener el adecuado estado de conservación del edificio. Cerca de noventa mil edificios de la provincia tienen que pasar a partir de ahora el obligado Informe de Evaluación Técnica dentro de la campaña de prevención y chequeo de estructuras puesta en marcha por la Conselleria de Vivienda, que está acompañada por una línea de ayudas económicas. El objetivo es testar el estado de los edificios, desde las cubiertas a los forjados para así determinar su grado de conservación y las mejoras a acometer.

Por ello, tras la evaluación por parte del personal técnico facultativo se determinará si la inspección está convalidada o por el contrario, si deben acometerse intervenciones a medio plazo o de forma urgente.

La obligación de disponer del informe y costear su realización es de los propietarios de las viviendas de uso residencial unifamiliares y de la comunidad de vecinos en el caso de los edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal.

La ausencia de este Informe de Evaluación del Edificio en los casos en los que queda estipulado como obligatorio acarreará la imposición de infracciones urbanísticas, con las consecuencias que la legislación urbanística autonómica establezca. Una vez convalidado, el informe tendrá una validez de 10 años, estando obligados los propietarios a presentar un nuevo informe antes de la finalización de ese plazo.

El informe y su inscripción en el Registro es obligatorio para edificios con más de 50 años de antigüedad y cuando los propietarios pretendan acogerse a ayudas públicas para el fomento de la rehabilitación, independientemente de la antigüedad del edificio.

A través del decreto se crea también el Registro autonómico, que será gestionado por la Conselleria de Vivienda, y en el que quedará constancia de la fecha de presentación de los informes y del contenido de los documentos de inspección.

Los ayuntamientos podrán acceder a los datos para que, dentro de sus competencias, puedan velar por el cumplimiento de las medidas de conservación y seguridad de los inmuebles, así como de los ajustes en materia de accesibilidad que se deriven de dichos informes.

Para asegurar los principios de información y facilitar el conocimiento del estado de conservación del parque edificado, a partir del estudio registrado se elaborará un informe resumido que tendrá el carácter de información pública abierta.

La Generalitat podrá promover medidas de apoyo, en colaboración con los ayuntamientos, para Planes Municipales de Evaluación de Edificios de viviendas, independientemente de la antigüedad del edificio, cuando concurran un riesgo de aparición de patologías como consecuencia de condiciones ambientales desfavorables, así como en áreas con edificaciones de baja calidad constructiva.

Registro autonómico

El departamento que gestiona el Registro Autonómico efectuará un seguimiento con el Institut Cartogràfic Valencià, que elaborará un mapa de la Comunidad accesible al público, donde se reflejarán los edificios con más de medio siglo y los que han realizado el informe y su estudio resumido. También recogerá los que deberían realizarlo y todavía no lo han hecho, los que están pendientes de realizar intervenciones de carácter inmediato o urgente, y los que cuentan con la Inspección Técnica de Edificios convalidada. En caso de que el informe contemple la necesidad de adoptar medidas de intervención urgente, el departamento responsable del Registro se lo comunicará al propietario y al ayuntamiento.