La sentencia que condena en Pamplona a los miembros de La Manada por un delito de abusos sexuales y no por agresión sexual siguió ayer desatando reacciones de indignación en la provincia de Alicante. Sin embargo, no es la primera que ha eludido condenar por agresión sexual al entender que el acusado no empleó violencia o intimidación para forzar la voluntad de su víctima. La Audiencia de Alicante ha dictado varias resoluciones en las que se condena por abusos sexuales en contra del criterio de la Fiscalía, que sí apreciaba la existencia de violación.

Benidorm

Tres jóvenes subieron a su coche a una turista británica que iba buscando la estación de autobuses una madrugada de agosto de 2009, ofreciéndose a llevarla. Al poco de subir al vehículo, empezaron a hacerle tocamientos, hasta que uno de ellos introdujo el pene en la boca de la mujer. Finalmente los jóvenes llegaron a turnarse para mantener relaciones con penetración con ella dentro del coche, esperando pacientemente fuera para que el otro terminara y hasta reciclaron el mismo preservativo.

La Sección Tercera de la Audiencia de Alicante condenó a dos de los tres acusados a penas de cuatro y cinco años de prisión respectivamente por un delito de abuso sexual, frente a los diez años que reclamaba la Fiscalía para cada uno de ellos. Los acusados, que estaban defendidos por el abogado José Soler, aseguraban que se trató de una relación consentida. El tercero de los acusados quedó absuelto al no haber pruebas de que participara en los hechos. Éste ni había admitido estar en el coche, ni había restos biológicos que le incriminaran.

«Queda fuera de toda duda que la denunciante no consintió en ningún momento en mantener relaciones sexuales con ninguno de los acusados y así lo exteriorizó de una manera inequívoca con actos y expresiones de absoluto rechazo e intentando salir del vehículo», argumentaba la sentencia. El tribunal añadía que la víctima «se vio bloqueada emocionalmente» y no reaccionó con un actitud de resistencia más «enérgica» que hubiera precisado el empleo real y efectivo de la violencia por los acusados.

Los dos condenados se encuentran en libertad y la sala ultima con las autoridades francesas que cumplan allí las penas por las que fueron condenados por la sentencia de octubre de 2015. Según fuentes cercanas al caso, ambos van a cumplir la condena en una cárcel francesa, dado que es su país natal y al que regresaron después de la vista.

Alicante

Durante el año 2014, el procesado publicó varios anuncios en internet ofertando puestos de trabajo en Alicante a cambio de favores sexuales. Tres de las mujeres que respondieron a la publicación denunciaron haber sido violadas, aunque los procesos judiciales tuvieron resultados totalmente diferentes en distintas salas de la Audiencia.

En el primero de los casos, en el que el procesado estaba defendido por la abogada María Ángeles Román, el acusado se fue a pasear con la víctima tras la falsa entrevista de trabajo en la que se ofrecía un puesto de secretaria. De madrugada y cuando iban por un descampado, el acusado «la cogió fuertemente de los hombros dándole la vuelta para seguidamente bajarle los pantalones y las bragas» penetrándola analmente, sin que la perjudicada pudiera oponer resistencia.

La ausencia de violencia fue lo que determinó que la Audiencia le condenara a cuatro años de cárcel por abuso sexual, en lugar de los nueve que pedía el fiscal. La Sección Primera explicaba en el fallo que la diferencia entre ambos delitos «no consiste en la concurrencia de acceso carnal, sino en la utilización de violencia o intimidación». El fallo incidía en que «la víctima se encontraba en estado de shock» y por eso no ofreció resistencia.

Semanas después, otra sala (la Sección Tercera) juzgaba a este mismo acusado por hechos similares con otra mujer, aunque esta vez quedó absuelto. El tribunal no encontró pruebas para condenarle al entender que había contradicciones en el testimonio de la víctima.

Finalmente la Sección Séptima desplazada a Elche, le impuso trece años y ocho meses de cárcel por haber obligado a otra de las aspirantes a un empleo a hacerle una felación en unas dunas de la playa de Los Arenales en Elche mientras amenazaba al marido de ésta colocándole una pistola en la cabeza. El tribunal dijo que el acusado tuvo una conducta de humillación hacia sus víctimas y daba total credibilidad al relato de su denuncia. Los jueces también valoraron en su resolución las otras denuncias.

Alicante

Una inmigrante obligada a tener relaciones sexuales por el director de la fundación a la que había ido para buscar un trabajo. El acusado era el director de esa fundación y de 70 años de edad. La Sección Primera de la Audiencia le impuso cuatro años de cárcel por un delito de abuso sexual y no por agresión sexual como reclamaba la Fiscalía que pidió una pena de ocho años y seis meses de cárcel por estos hechos.

La sentencia, fechada el pasado mes de febrero, incidía en los mismos aspectos que las resoluciones anteriores: el uso de la fuerza para vencer la voluntad de la víctima y consumar la relación.

Los hechos ocurrieron la tarde del 18 de noviembre de 2015 cuando la mujer acudió a las oficinas de la fundación para una entrevista con el director. El fallo declaraba probado que el acusado, de 70 años de edad, le hizo la entrevista en su despacho y que éste le dijo que para obtener trabajo debía hacer un curso que él impartía. Ante esto, la mujer le dijo que no tenía dinero y no podía hacer ningún curso y se levantó para marcharse. Al ver que la víctima se iba y que estaban solos en las oficinas, el acusado se levantó y empujó a la mujer contra la pared, agarrándola por las muñecas con una mano y manoseándole los pechos con la otra. La mujer le dijo que parara, pero el acusado, «aprovechando su situación de necesidad» le realizó promesas de conseguirle trabajo a cambio de que accediera satisfacer sus deseos sexuales. Mientras ella trataba de marcharse, el hombre la cogió de la mano y la llevó a una habitación en la que había una cama donde consumaron la relación. Al acabar, el acusado llamó por teléfono para concertar una entrevista de trabajo.

La sala recordó que durante el juicio el fiscal consideró «inconcebible» que en una entrevista de trabajo alguien a quien no conozca de nada le realice tocamientos en sus partes íntimas y acabe teniendo relaciones sexuales con ella. La sala concluía que «no hubo una relación de igualdad», ya que la mujer se acercó al acusado creyendo que la podía ayudar y que su primera reacción fue de «estupor e incredulidad» y que se quedó «como bloqueada». La sentencia recordaba que la mujer dijo que no opuso resistencia física porque no quería que el acusado le hiciese daño y estaba sola con él en un local extenso.

Alicante

La Audiencia de Alicante impuso ayer ocho año de prisión a un acusado de violar a una indigente que dormía en un parque de la ciudad. En este caso, la Sección Décima ha declarado probado que hubo violencia sobre la víctima, pero la pena finalmente impuesta ha sido un año inferior a la que les ha caído a los miembros de La Manada. La Fiscalía reclamaba ocho años de cárcel por estos hechos. También deberá indemnizarla con 20.000 euros.

Los hechos ocurrieron el 6 de febrero de 2016 en un parque cercano a la avenida Doctor Jiménez Díaz. El acusado golpeó con fuerza en la cabeza a la mujer, propinándola varios puñetazos hasta derribarla en el suelo. Allí la penetró vaginalmente, aunque ella pudo pedir ayuda a otras personas que estaban por la zona. Al acercarse para auxiliarla, el acusado se dio a la fuga. Dos de los viandantes lograron atraparle, mientras el tercero fue quien avisó a la Policía.

El tribunal ha dado total credibilidad al testimonio de la víctima, que sufrió la agresión en el parque donde «malvivía» y que se disponía a ir a dormir en ese momento, llevando puesto un camisón. Las declaraciones de estos testigos que auxiliaron a la víctima también fueron determinantes, El acusado lo negaba todo y achacaba la denuncia a una represalia de la víctima porque no le había querido dar dinero.