El juzgado de instrucción número 1 de Paterna ha dictado un auto en el que decreta el sobreseimiento libre y el archivo de las diligencias tras el hallazgo de una fosa con decenas de cuerpos en el cementerio de la localidad que, según las investigaciones de ArqueoAntro, pertenecen a represaliados del régimen franquista. En esta fosa se encontraron los restos del ibense José Pastor García, primer alicantino que será exhumado mediante un proceso científico de memoria histórica.

El equipo de arqueólogos pusieron en conocimiento del juzgado los hechos y aseguraron que presentaban «evidentes signos de violencia y traumatismos compatibles con impactos de bala». Además, consideraron que «los cuerpos localizados presentan evidencias de crímenes de lesa humanidad que son imprescriptibles, poniendo los hechos en conocimiento del juzgado a los efectos legales oportunos».

En el auto la juez indica que la personación del forense en la fosa responde a la necesidad de asegurarse de que en dicha fosa no se encuentran restos recientes de cuerpos que no corresponden al contexto histórico en el marco del cual se ha autorizado la exhumación. Cabe recordar que los hechos prescribirían a los 20 años.

«El informe forense unido a las evidencias halladas por los científicos que se encuentran trabajando en la fosa.....convencidos de que se trata de represaliados de la Guerra Civil y la dictadura, no existe razón para continuar con la presente investigación».

Con respecto a la posible imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad, la juez recuerda que está en vigor en el ordenamiento jurídico desde 2004. Además, realiza un recorrido argumental por la Ley de Amnistía y el espíritu de la Transición «que ningún juez o tribunal puede cuestionar y cuya derogación correspondería al Parlamento». «Para el resarcimiento de la memoria histórica, legítima y merecida devolución a las familias de los restos para su sepultura y descanso existen mecanismos en la ley», añade.