La exalcaldesa de Alicante Sonia Castedo ha recurrido ante la Audiencia Provincial el archivo de la querella que presentó contra el exconcejal de Urbanismo y portavoz de Guanyar, Miguel Ángel Pavón, y contra un arquitecto municipal por el informe sobre los supuestos beneficios que habría obtenido el promotor Enrique Ortiz con la aprobación del PGOU investigado por presuntos amaños. El abogado de Castedo, Juan José Martínez Albert, plantea que el polémico informe contiene «falsedades» y que los efectos de éstas «no son inocuos». También considera que no se puede decretar el sobreseimiento libre de las actuaciones porque no se ha practicado ninguna diligencia.

El juzgado de Instrucción cuatro de Alicante archivó la querella el pasado enero al no ver indicios de delito en las «falsedades» del informe denunciadas y considerar que se tenían que solventar en la causa del PGOU. En el recurso, el representante legal de Castedo advierte de que el informe refleja «una realidad falsa». De entrada, plantea que el documento parte de una hipótesis inveraz para calcular el valor de suelo atribuido a Enrique Ortiz, como es la «inexistente» aprobación definitiva del Plan General, dado que el planeamiento sólo tuvo el visto bueno provisional. «El funcionario cambia la realidad de lo que se le solicita, introduciendo en el informe que confecciona una inexistente aprobación definitiva de la revisión del PGOU», explica.

El letrado incide en que el polémico informe genera el efecto de dejar constancia de que una aprobación definitiva de la revisión del PGOU (nunca producida) generaría una revalorización del 500% del suelo de Ortiz, cuando ésta afectaría a todo el suelo urbanizable de Alicante. «No parece resultar admisible que justo los terrenos a los que se refiere el informe experimenten un tan considerable aumento de valor, mientras que los terrenos de otros propietarios experimenten un menor incremento», dice.

Asimismo, considera que no hay precedentes de que «unos documentos que por su propia naturaleza, contenido y firma de quien los suscribe y administración de la que emanan son oficiales, dejen de serlo por su destino», algo que, según sus argumentos, sostenía el auto que cerraba la investigación. El magistrado no consideraba que fueran documentos oficiales porque su destino era usarlos como prueba pericial en la causa del PGOU, en la que tanto Castedo como Ortiz, entre otros, están procesados.

En el recurso se niega que algunas de las parcelas atribuidas a Ortiz, como es el caso de las de Fontcalent y Agua Amarga, sean suyas. «Sencillamente esas fincas no son propiedad del señor Ortiz», señala. Y apunta a que, si esa falsedad se ha cometido de manera intencionada o por una imprudencia del concejal o del funcionario,«es algo que podría aclararse en una instrucción»· En el escrito se asevera que «no se trata de una parcelita o de un resto de terreno susceptible de pasar desapercibido» al ser suelo que suma más de dos millones de metros cuadrados. «Si fue un simple error, ¿cuál fue la diligencia desplegada por el funcionario y por el concejal antes de reflejar ese dato falso en un documento oficial?», inquiere. La valoración de ese suelo sería, siguiendo los criterios del informe, de 24 millones, por lo que se pregunta «¿pueden considerarse esas falsedades como inocuas?».

Contrario a la realidad

También se incide en el hecho de que se consideran como parque natural suelo que en realidad es zona verde. «En un documento emanado del Ayuntamiento se deja constancia de una calificación urbanística contraria a la realidad», se recoge en el recurso y explica que las zonas verdes «no atribuyen a sus propietarios aprovechamientos edificatorios en otros sectores del PGOU». El informe refleja también que el suelo de la franja conocida como las Lomas del Garbinet pasaría a ser urbanizable con el nuevo plan, cuando ya lo era desde 1993. «La trascendencia económica entre que sea suelo no urbanizable (valor 89.469 euros) o suelo urbanizable (valor 4.123.505 euros) asciende a 4.036.025 euros», dice y recuerda que todos los que compraron terreno en esa zona a partir de 1993 lo pagaron al precio correspondiente a un suelo urbanizable.