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El Ayuntamiento reclama que se archive la denuncia por exceso de ruido en el centro

Los abogados municipales alegan defectos de forma en el escrito judicial de los vecinos contra la saturación acústica

Una imagen del tardeo a las puertas del Mercado Central. jose navarro

El Ayuntamiento de Alicante ha solicitado al juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno el archivo de la denuncia presentada por la Asociación de Vecinos del Centro Tradicional por la saturación acústica en los pubs de la zona centro. El escrito de los servicios jurídicos municipales, presentado en el plazo de cinco días dado por el juzgado, argumenta la solicitud de archivo en supuestos defectos de forma en la denuncia presentada a finales del pasado año por la Asociación de Vecinos del Centro Tradicional.

En concreto, los abogados del Ayuntamiento esgrimen la «extemporaneidad» de la denuncia, asegurando que los vecinos «debieron respetar» el plazo previsto en la ley antes de interponer el recurso contencioso, cosa que no han hecho». Los servicios jurídicos alegan que la asociación vecinal registró el 24 de noviembre un documento en el Ayuntamiento en el que explicaban que se «dan todos los requisitos precisos para la declaración de Zona Acústicamente Saturada (ZAS)», mientras que la denuncia se presentó el 14 de diciembre, menos de un mes después. Según los abogados, esos tiempos evidencian «que no existe actividad administrativa impugnable», ya que la ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas recoge periodos que van entre los tres y los seis meses.

Los abogados del Ayuntamiento, dentro de los supuestos defectos de forma en los que argumentan su petición de archivo de la denuncia vecinal, también señalan el «incumplimiento» de otro artículo de la ley por «no constar entre la documentación» de la denuncia «el acta fundacional» de la entidad vecinal ni sus «estatutos o norma asociativa que la rija, desconociéndose por tanto su objeto» asociativo. Tampoco, prosiguen los letrados, «se acompaña la preceptiva certificación del acuerdo de la asociación por medio del cual se plasme su voluntad para la interposición del recurso».

Por otro lado, los abogados municipal subrayan, a su juicio, la «inadecuación del procedimiento», asegurando que «la no declaración como ZAS de dicha zona de la ciudad, por sí misma, de ningún modo vulnera los derechos fundamentales contemplados en los artículos 15 y 18 de la Constitución Española», relativos al «derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes» y a garantizar «el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen», junto a que el «domicilio es inviolable».

Bajo estos supuestos defectos de forma, el Ayuntamiento de Alicante reclama que se archive la denuncia de la Asociación de Vecinos del Centro Tradicional. A su vez, pide un nuevo plazo para presentar alegaciones si no se acepta finalmente el archivo de la causa.

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