? La ley reguladora de las Bases del Régimen Local 7/1985, desarrollada por Ley 39/1988 Reguladora de las Haciendas Locales, y reformada por la Ley 2/2003, obliga a presentar el presupuesto al Pleno de la Corporación para su debate y aprobación, antes del 31 de diciembre del año anterior. Por ello, los trabajos de elaboración y entrega de documentación a la oposición deberían comenzar durante el último trimestre del año, si consideramos lo farragosas que son todas las gestiones administrativas. En la mayoría de los casos, la maquinaria municipal se aplica en preparada a tiempo la prórroga del presupuesto.