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Expertos jurídicos advierten de las dificultades para rescatar servicios

Afirman que consentir que se incumpla una contrata como la de la limpieza puede ser una irresponsabilidad contable

Los tres autores del libro, junto al presidente de la Cámara. ISABEL RAMÓN

El expresidente del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional Pascual Sala y los catedráticos de Derecho José María Gimeno y Gonzalo Quintero alertaron ayer de que la municipalización de servicios públicos que se estén prestando mediante contrata sólo puede hacerse de manera justificada, demostrando que es más eficaz y eficiente en términos económicos hacerlo a través de gestión directa. Según expusieron, así se recoge en las directivas europeas sobre Concesiones y Contratación Pública, traspuestas a la legislación española en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, aprobada el pasado mes de noviembre y que entrará en vigor en marzo. Por ello, hicieron hincapié en que una administración no puede rescindir de manera «arbitraria» una concesión, salvo la citada justificación o que se desmuestre que el contrato firmado se incumple.

Sala, Gimeno y Quintero intervinieron ayer en la presentación del libro «Servicios públicos e ideología», que aborda de manera específica esta cuestión, en la Cámara de Comercio, Industria y Bavegación de Alicante. El acto fue moderado por el presidente de esta institución, Juan Bautista Riera, y asistieron, entre otros, el presidente de la Audiencia Provincial de Alicante, Juan Carlos Cerón, así como los decanos del Colegio de Abogados de Alicante y de la Facultad de Derecho de la Universidad de Alicante (UA), Fernando Candela y Pedro Femenía, respectivamente, y el portavoz municipal del PP en Alicante, Luis Barcala.

Los tres expertos, autores del libro junto al exministro de Justicia Francisco Caamaño, incidieron en que la municipalización de servicios «es un tema jurídico y no ideológico». Sala, en concreto, señaló que la colaboración público-privada «puede ser beneficiosa» en términos de eficiencia económica, equipamientos y calidad de los servicios, ya que «permite superar las restricciones financieras de la Administración». Por su parte, Gimeno recordó que la institución pública debe «vigilar que se cumpla lo pactado», y que ésta, pese a todo, «sigue siendo la titular del servicio», por lo que queda la opción de rescindir el contrato si no se cumple. Eso sí, si lo lleva a cabo, «no puede jugar al rescate de manera unilateral».

El tercero de los expertos se refirió a la necesidad de «fiscalizar que se cumpla la concesión», a la vez que atendió la consulta de Luis Barcala acerca de si una dejación en el seguimiento del cumplimiento de una contrata podría ser prevaricación, en alusión explícita a la de la limpieza de Alicante. Al respecto, Quintero dijo que consentir un incumplimiento podría ser «una irresponsabilidad contable», pero que para hablar de prevaricación habría que demostrar que hubiera existido alguna «connivencia o cooperación» en ello.

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