Las tres hijas del expresidente de la CAM Vicente Sala y de María del Carmen Martínez (víctima de un asesinato cometido hace un año cuyo móvil sitúan el juez, el fiscal y la Policía en el conflicto empresarial familiar) podrán disponer a su antojo de las acciones del motor económico del entramado mercantil de los Sala, la sociedad del plástico Samar Internacional S.L.

Así lo ha establecido el magistrado Carlos San Martín en un auto notificado ayer en el que rechaza imponer a las tres hermanas (Mar, Antonia y Fuensanta, esta última casada con el Miguel López, único sospechoso del crimen) cualquier restricción a la hora de trasmitir sus participaciones. Una medida cautelar que había solicitado el primogénito de la familia en el marco de la demanda civil que presentó contra las tres mujeres y sus hijos para que cumplan la última voluntad de su padre en cuyo fondo no ha entrado aún el juzgador.

En su testamento, el expresidente de la CAM instaba a todos sus herederos (sus cuatro hijos además de su mujer y la hermana de ésta) a que hicieran posible el traspaso a su hijo de la participación privilegiada (que da el control de la empresa) que él legaba a su mujer. Una decisión a la que las tres hermanas se han opuesto con lo que, pese a aprobarse esta transmisión en vida de María del Carmen (en una turbulenta junta celebrada apenas tres meses antes de su muerte) precisamente gracias al uso por su parte de los derechos de voto que le daba esta acción de oro, nunca ha podido llegar a inscribirse en el Registro Mercantil al requerirse no sólo una mayoría sino la unanimidad ya que implica una modificación estatutaria con la que tienen que estar de acuerdo todos los socios.

«Apariencia de buen derecho»

Vicente Sala, administrador único de Samar, reclamó la medida cautelar de impedir a sus hermanas el transpaso de sus participaciones a sus maridos o hijos después de que éstas cedieran un acción a cada uno de sus vástagos con lo que, en el supuesto de que el juez obligara a las tres Sala a votar a favor de la transmisión de la acción de oro a su hermano, tal mandato no afectaría a sus hijos (quienes no aparecen en el testamento del expresidente de la caja) por lo que estaría excluidos de esa obligación dificultando así el cumplimiento de su última voluntad. Algo que el demandante califica de «fruade de ley».

Sin embargo, y pese a admitir que la pretensión del demandante tiene «apariencia de buen derecho», el magistrado considera que la adopción de esa medida «resulta innecesaria y, «en cierto modo, desproporcionada, a la vista de la situación jurídica de la sociedad».

El magistrado se apoya en la existencia de otro litigio impulsado por las hermanas en un juzgado de lo Mercantil sobre los acuerdos adoptados tanto en la junta de accionistas antes citada (en la que con el voto privilegiado de María del Carmen se aprobó la transmisión de esa acción de oro a su hijo) como en la celebrada e pasado julio donde, también sin unanimidad pero con la mayoría que la participación le otorga al primogénito, se ratificó ese traspaso y se aprobaron además las cuentas de la sociedad.

En el mismo auto, contra el que cabe recurso ante la Audiencia, el magistrado San Martín acuerda también que «no se impondrán las costas a la parte vencida (en alusión al demandante, Vicente Sala) ya que estamos ante un litigio con una marcada complejidad fáctica y jurídica que excede la habitual praxis forense en la sustentación de medidas cautelares».

Una vez fijado este criterio, el juzgador tiene ahora que estudiar los documentos presentados por las partes y concluir cuál de los dos bandos en que está dividida esta familia tiene razón.