El Ayuntamiento de Alicante y el Puerto han dejado sin efecto los tres decretos del exvicealcalde Miguel Ángel Pavón ordenando la paralización del movimiento de graneles en los muelles 11, 13 y 17 y la actividad sigue desarrollándo con normalidad para malestar de los vecinos del entorno.

La actuación se produce tras tener constancia del fallo del Juzgado de los Contencioso-Administrativo de Alicante que suspende de manera cautelar la aplicación del decreto de Pavón suspendiendo la operativa a la empresa Bergé. Otro juez también ha seguido el mismo camino con el decreto contra Alicante Port, según ha apuntado su portavoz, Felipe Fuster. El fallo judicial tiene fecha de ayer martes, 21 de noviembre.

La paralización del movimiento del granel estaba a al espera de lo que decidieran los jueces, ya que las tres mercantiles estibadoras de graneles recurrieron la desestimación por silencio administrativo de los recursos de reposición interpuestos el pasado 14 de septiembre contra los decretos de la Concejalía de Urbanismo, del 11 de agosto por los que se requirió a cada una de las empresas licencia ambiental para el desarrollo de su actividad.

Las mercantiles solicitaron simultáneamente del Juzgado de lo Contencioso que prolongara o extendiera, en fase judicial, la medida cautelar de suspensión de ejecución de dichos decretos. Estos últimos se encontraban ya suspendidos desde el pasado 15 de octubre, según Alicante Port, Cesa y Bergé, al no haberse pronunciado expresamente el Ayuntamiento sobre las peticiones de su suspensión dentro del plazo máximo legal del mes siguiente a la fecha la solicitud del 14 de septiembre.

Los abogados de las mercantiles entendían, como así ha sido, que hasta que se pronuncie el correspondiente Juzgado Contencioso sobre la procedencia de adoptar o no dicha medida cautelar, los decretos están suspendidos automáticamente por imperativo legal, tal y como ha venido corroborando una constante jurisprudencia del Tribunal Supremo y de Tribunal Constitucional.

Pavón insiste en la licencia

Tras estudiar el auto del Juzgado, el exedil de Urbanismo, Miguel Ángel Pavón, firmante de los decretos, ha comentado que "estamos convencidos de que el Ayuntamiento debe defender sus propios actos ante el Juzgado en el plazo de tres días que se concede para formular alegaciones. Y esperamos que el Juzgado resuelva finalmente en el sentido del levantamiento de la suspensión adoptada de modo que prime la defensa del interés general ligado a la protección del medio ambiente y la salud sobre los intereses económicos vinculados a la actividad de carga y descarga de graneles pulverulentos en el Puerto de Alicante".

Pavón subraya que "el auto conocido hoy en absoluto prejuzga el fondo del asunto, si el instrumento de intervención ambiental aplicable es la licencia ambiental o la declaración responsable. En ese sentido, sucesivos decretos municipales sustentados en informes técnicos y jurídicos consideran que la actividad debe someterse a licencia ambiental, una consideración con la que coincide la propia Generalitat Valenciana mediante un escrito firmado en abril de 2016 por el director general de cambio climático y calidad ambiental. En cualquier caso serán los tribunales de justicia los que se pronuncien sobre la procedencia de uno u otro instrumento de intervención ambiental."