El juzgado de lo Penal de Alicante que tenía que sentar en el banquillo al exalcalde de esta ciudad Luis Díaz Alperi por tres presuntos fraudes fiscales prevé celebrar el juicio durante el primer semetre de 2018 en el caso de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) no asuma este proceso, según indicaron fuentes judiciales.

Tal como publicó este diario, el magistrado Eugenio Alarcón planteó la semana pasada, dos años y medio después de recibir la causa, que el TSJ asumiera el proceso por ser Alperi aforado por su condición de diputado autonómico en el momento en que se abrió juicio oral.

Las mismas fuentes precisaron que la cuestión de competencia ahora planteada no iba a suponer ningún retraso en la celebración de la vista oral, ya que el Penal seis de Alicante está señalando ahora los juicios por los asuntos que le llegaron en 2014, entre ellos el presunto fraude fiscal de Alperi. La previsión sería, en caso de que el TSJ rechazara la competencia del caso, celebrarlo a lo largo del primer semestre de 2018.

La investigación se abrió en abril de 2013 por el TSJ debido al aforamiento de Alperi. La Fiscalía reclama penas que suman más de nueve años de cárcel para el exalcalde de Alicante por tres delitos fiscales los años 2007, 2008 y 2010 durante los cuales habría dejado de pagar a Hacienda 682.651 euros en concepto de cuotas del IRPF por un patrimonio de origen desconocido.

También se le acusa de un delito de cohecho impropio por el tiempo en que tuvo su catamarán amarrado en el Puerto Deportivo de Alicante sin pagar el atraque. La dimisión de Alperi de las Cortes motivó que el TSJ enviara a Alicante la causa en 2014 para que se cerrara la instrucción y la remitiera a un juzgado de lo Penal donde celebrar el juicio al exalcalde y a otros tres acusados.

Aforamiento

Ese mismo año, meses después la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acordó que los contratos de los pabellones de Fitur adjudicados por la Generalitat con la trama Gürtel se juzgaran en el TSJ valenciano, después de que las dimisiones de las exconselleras Milagrosa Martínez y Angélica Such suscitaran dudas sobre qué tribunal debía enjuciar los hechos.

El acuerdo se adoptó para fijar un criterio para todos los casos de corrupción con aforados imputados. El Supremo dijo entonces que, una vez dictada la apertura de juicio oral, la dimisión del aforado no implicaba desviar la causa a otro tribunal.

A la vista de que el acuerdo era posterior a la llegada de la causa de Alperi, el juez recuerda ese criterio al TSJ por si se replantea su decisión y asume la causa otra vez.