Más multas por ensuciar. La Policía Local de Alicante intensifica desde esta semana las sanciones a los ciudadanos por el incumplimiento de la Ordenanza Municipal de Limpieza.

Un total de 20 agentes están destinados a reforzar la vigilancia, control, información y concienciación de la ciudadanía, y además la Concejalía de Seguridad ha anunciado que pedirá a la Subdelegación de Gobierno la autorización para tener policías de paisano que faciliten las labores de vigilancia y control.

Tal y como anunció el concejal de Seguridad, Fernando Marcos, se ha realizado un importante esfuerzo incrementado la presencia de la Policía Local y con los inspectores de limpieza para informar a los ciudadanos que incumplen la ordenanza y por ejemplo dejan los excrementos de sus mascotas en la vía pública, o depositan los residuos fuera de los contenedores y en horas diferentes a las señaladas por los servicios municipales.

Amplio es el abanico de sanciones con que se puede encontrar el ciudadano. Hasta 210 euros por sacudir prendas o alfombras desde ventanas y terrazas; hasta 300 euros por vomitar fuera de los imbornales, o miccionar y defecar en la vía pública; y hasta 780 euros por no mantener los solares en condiciones; abandonar enseres en la vía pública, o sacar la basura fuera del horario. Para que los ciudadanos estén informados, Seguridad reclama al área de Limpieza que dirige el edil Miguel Ángel Pavón que coloque pegatinas con los horarios y las multas en los contenedores.

Tras conocer el comunicado de la Concejalía de Seguridad, el vicealcalde y ahora máximo resposable de Limpieza, Miguel Ángel Pavón, ha criticado con dureza lo que a su juicio es una apropiación desde el PSOE de una iniciativa ya anunciada por Guanyar en el pleno del pasado jueves. "Me parece muy fuerte, es una propuesta que a iniciativa propia ya trasladé a UTE Alicante en la reunión que mantuve con su gerente, Manuel Docampo, el pasado miércoles día 27 y que la empresa se comprometió a llevar a cabo. Además, -continúa Pavón a través de las redes sociales- en la comparecencia que efectué el jueves en el pleno para explicar las medidas que voy a llevar adelante para reforzar el control de la contrata de limpieza y conseguir una ciudad razonablemente limpia, mencioné expresamente esa medida y además pedí agentes de la policía local para conseguir aplicar la ordenanza de limpieza, todo ello en presencia del concejal de seguridad, Fernando Marcos, al que agradezco que con tanta rapidez haya atendido nuestra petición de policías".

Pavón, con todo, critica que Seguridad "se quiera apropiar" de la iniciativa de las pegatinas en los contenedores. "Me reclama algo que ya he puesto en marcha, como bien debe saber si estuvo atento a mi comparecencia en el pleno del pasado jueves. Por cierto, la vigente ordenanza de limpieza es una iniciativa de mi compañero Víctor Domínguez, por si también se le ocurre al PSOE apropiarse de ella", ha apuntado Pavón horas después de anunciar que Guanyar abandonará el equipo de gobierno si finalmente Echávarri no dimite tras ser citado como investigado por el presunto fraccionamiento de contratos en el área de Comercio.

Por su parte, desde Seguridad, recuerdan a través del citado comunicado a la ciudadanía de Alicante que la ordenanza de limpieza estipula que se prohíbe sacar la basura fuera del horario establecido que de mayo a septiembre es de 21:00 a 24:00 horas, y el resto del año de 20:00 a 24:00 horas, y en los núcleos de edificios de las partidas rurales el horario será desde las 20:00 horas hasta las 8:00 horas del día siguiente.

Listado de multas:

Listado de multas:A) Infracciones leves. Se consideran infracciones leves las siguientes:

1. Incumplimiento de las normas sobre limpieza de la vía pública, tales como tirar papeles, cartones, bolsas de plástico, chicles, comida, colillas o escupir en la vía pública. Hasta 210,00 €

2. Vomitar fuera de los imbornales. Hasta 300,00 €

3. Ensuciar la vía pública con envases o envoltorios de plástico, cartón, metal o similares, siempre que no genere riesgo para las personas. Hasta 300,00 €

4. Depositar o dar alimentos a los animales domésticos y/o libres en la vía pública y en los espacios abiertos públicos y/o urbanizaciones, sin autorización municipal. Hasta 300,00 €

5. Impedir operaciones de carga, descarga y traslado de los servicios de Recogida de RSU y Limpieza. Hasta 300,00 €

6. Incumplimiento de la obligación de limpieza en pasajes y urbanizaciones particulares. Hasta 210,00 €

7. Sacudir prendas o alfombras desde ventanas, balcones o terrazas. Hasta 210,00 €

8. Rasgar, ensuciar o arrancar carteles autorizados. Hasta 300,00 €

9. Desplazar los contenedores de su ubicación por el Ayuntamiento, sin autorización municipal para ello. Hasta 300,00 €

10. No emplear cubos normalizados u homologados, estando obligado a ello. No retirar los cubos vacíos en el horario legalmente previsto. Hasta 300,00 €

11. Lavar vehículos en la vía pública sin autorización municipal. Hasta 300,00 €

12. Limpiar establecimientos, escaparates, toldos, etc, regar macetas o plantas, fuera del horario y normas establecidas. Hasta 210,00 €

13. Dejar sucia la vía pública después de trabajos de carga y descarga. Hasta 510,00 €

14, No limpiar los espacios ocupados por vehículos de establecimientos. Hasta 300,00 €

15. Arrojar desperdicios u objetos en la arena y zonas colindantes de las playas. Hasta 210,00 €

16. Verter agua sucia en la vía pública, en espacios públicos o en paseos o zonas colindantes de las playas. Hasta 300,00 €

17. No instalar papeleras en la zona donde desarrollan su actividad, y durante el horario de ésta y el posterior necesario para su limpieza, los kioscos, establecimientos de hostelería, casetas de venta, espectáculos, atracciones y demás establecimientos cuya actividad afecte a una parte de la vía o espacio público. No instalar papeleras buzón en vehículos de transporte público. Hasta 300,00 €

18. No retirada de contenedor de obra dentro de las 24 horas siguientes a la terminación de los trabajos. Hasta 300,00 €

19. Transporte de hormigón en vehículo hormigonera sin llevar cerrada la boca de descarga. Hasta 510,00 €

20. Suciedad en vía pública originada por la limpieza de escaparates, puertas, toldos o cortinas de establecimientos comerciales. Hasta 210,00 €

21. No retirada de pancartas una vez acabado el plazo. Hasta 510,00 €

22. Selección, clasificación o separación de cualquier clase de material de residuos depositado en la vía pública. Hasta 210,00 €

23. Depositar residuos no autorizados o distintos en contenedores de recogida selectiva reservados para otros materiales residuales. Hasta 300,00 €

24. Librar envases, residuos de envases y materiales no orgánicos en contenedores de residuos orgánicos, en las zonas donde el Ayuntamiento tiene implantado el sistema de recogida selectiva de aquéllos. Hasta 210,00 €

25. Satisfacer necesidades fisiológicas (miccionar o defecar) en la vía pública, por parte de los ciudadanos. Hasta 300,00 €

B) Infracciones graves. Se consideran infracciones graves las siguientes:

1. Ensuciar la vía pública a consecuencia de efectuar obras y otras actividades a los que se refiere el Capítulo II del Título II de la Ordenanza. Y Hasta 780,00 € cualquier actividad u operación que produzca suciedad en la vía pública, que no sea considerada muy grave ni leve.

2. Incumplimiento de la obligación de mantenimiento de limpieza de fachadas, rótulos anunciantes, toldos, medianeras descubiertas, entradas, escaleras de acceso, y en general, todas las partes de los inmuebles que sean visibles desde la vía pública. Hasta 780,00 €

3. Incumplimiento del deber de limpieza y mantenimiento de solares. Hasta 780,00 €

4. No limpiar la vía pública ensuciada a consecuencia de fiestas, realización de obras, actividades publicitarias, comerciales u hosteleras, kioscos, cafeterías, puestos callejeros y similares actividades. Hasta 780,00 €

5. Abandonar muebles, enseres domésticos, trastos viejos y materiales residuales, procedentes de pequeñas reparaciones en los domicilios. Hasta 780,00 €

6. Librar en la vía pública residuos excluidos del servicio de recogida domiciliaria, dejar sobrantes de obras en la vía pública sin atenerse a lo legalmente establecido, siempre que esta actividad no sea clasificada como muy grave en el apartado siguiente. Hasta 1.050,00 € 7. Incumplimiento de las normas sobre actos públicos, banderolas, pancartas, carteles, rótulos, pintadas, octavillas y/o pegatinas (Cap. I, II, III y IV del Título III), abonándose la sanción correspondiente por cada pancarta, cartel, pintadas, rótulo o pasquín fijado en lugar no autorizado. Hasta 780,00 €

8. No mantener los elementos de contención retornables en perfectas condiciones de uso y limpieza. Hasta 780,00 €

9. Efectuar trasvase o manipulación de basuras fuera de los parques de recogida, concentración o tratamiento de los servicios municipales que se hayan destinado a tales fines. Hasta 1.500,00 €

10. Incumplimiento de alguna de las normas sobre recogida, transporte y vertido de tierras y escombros (Título V), que no sea considerada muy grave en el apartado siguiente. Hasta 1.050,00 €

11. Incumplimiento de alguna de las normas sobre recogida y transporte de residuos industriales y especiales (Título VI), o arrojar aceites industriales, o cualquier producto oleico o derivado del petróleo y análogos, a la vía pública o en cualquier terreno o lugar no autorizado del término municipal que no sea recogida como muy grave en el apartado siguiente. Hasta 900,00 €

12. Depositar despojos de animales en lugares no autorizados, o arrojar basuras en vertederos de escombros. Hasta 1.050,00 €

13. Depositar residuos en los contenedores sin estar envueltos en bolsas de plástico debidamente cerradas. Hasta 780,00 €

14. No limpiar las zonas privadas visibles desde la vía pública. Hasta 780,00 €

15. Abandonar en la vía pública o en espacios públicos envases o recipientes de cristal. Abandonar en la vía pública o en espacios públicos cualquier tipo de envases, envoltorios o recipientes cuando con ello se genere riesgo para las personas. Hasta 1.050,00 €

16. Limpieza de hormigoneras en espacios privados no adaptados para ello. Hasta 1.500,00 €

17. Colocar contenedores de obras en la vía pública sin autorización o licencia municipal, en los casos en que sea preceptiva su obtención. Hasta 780,00 €

18. Ensuciar la vía pública con envases, envoltorios u otros objetos o enseres, siempre que se genere riesgo para la salud o la integridad física de los ciudadanos. Hasta 1.200,00 €

19. Ensuciar la vía pública como consecuencia de la tenencia de animales, permitiendo sus deyecciones en zonas no autorizadas y no efectuando su recogida. Hasta 780,00 €

20. Librar residuos fuera de los contenedores, o en elementos de contención distintos a los permitidos, así como librar basuras domiciliarias que contengan residuos en forma líquida o susceptible de licuarse y, librar basuras en elementos que no estén atados o tapados. Hasta 780,00 €

21. Depositar residuos en horas o lugares distintos a los señalados por los servicios municipales. Hasta 780,00 €

22. Depositar escombros en los recipientes para recogida de basura o depositar basuras en recipientes de recogida de escombros. Hasta 780,00 €

23. Reparar vehículos en vía pública siempre y cuando no se trate de una emergencia y genere suciedad en la vía pública. Hasta 900,00 €

C) Infracciones muy graves. Se consideran infracciones muy graves las siguientes:

1. Ensuciar la vía pública con motivo de transporte de materiales de obra, tierras, escombros o, residuos industriales o especiales, al no haber adoptado medidas en el vehículo para impedir los vertidos. Hasta 2.100,00 €

2. Depositar en los contenedores de obras residuos que contengan materiales inflamables, explosivos, nocivos y peligrosos, susceptibles de putrefacción o de producir olores desagradables. Hasta 3.000,00 €

3. Efectuar vertidos de tierras y escombros en lugar no autorizado. Hasta 3.000,00 €

4. Depositar en la vía pública o en contenedores no aptos para ello residuos de carácter industrial y especial (sanitarios, peligrosos, etc...). Hasta 3.000,00 €

5. Depositar en la vía pública o en contenedores de basuras, limpieza o escombros, animales muertos. Hasta 2.100,00 €

6. Librar desperdicios y estiércol producidos en mataderos, laboratorios, cuarteles, parques urbanos y demás establecimientos similares públicos o privados, en la vía pública, contenedores o lugares no autorizados. Hasta 2.100,00 €

7. Librar detritus de hospitales, clínicas y centros asistenciales, en la vía pública, contenedores o lugares no autorizados. Hasta 3.000,00 €

8. Ensuciar la vía pública o espacios públicos como consecuencia de actos vandálicos contra el mobiliario urbano, equipamiento para la limpieza pública o instalaciones de cualquier tipo situadas en la vía o espacios públicos, Hasta 2.100,00 € incluyéndose los actos vandálicos contra vehículos, instalaciones o propiedades privadas de cualquier tipo que causen suciedad en la vía pública o espacios públicos.

9. Recoger residuos sólidos sin autorización municipal. Hasta 2.100,00 €

10. Tener un vertedero clandestino. Hasta 3.000,00 € 11. Carecer de vallado en un solar. Hasta 2.100,00 €

12. Vertido de cualquier clase de producto industrial líquido, sólido o solidificable que, por su naturaleza sea susceptible de producir daños a los pavimentos o afectar a la salubridad de las personas y ornato de las instalaciones municipales de saneamiento. Hasta 3.000,00 €

13. Incineración o quema de residuos, en cualquier parte del término municipal, sin autorización municipal. Hasta 1.530,00 €

14. Depositar residuos tóxicos sin tratamiento o escombros o basuras en lugares no autorizados, así como la quema o manipulación de residuos tóxicos sin autorización municipal. Depositar vidrios u objetos peligrosos sin tomar las medidas legalmente exigidas. Hasta 3.000,00 €

15. Limpieza de hormigonera en la vía pública. Hasta 2.100,00 €