Un nuevo auto del TSJ de la Comunidad desestima un recurso del sindicato USO contra el plurilingüismo del Consell pero aclara que mantiene la suspensión cautelar del mismo

USO mantenía que el castellano está infravalorado respecto al valenciano en cuanto a horas de enseñanza y que se discrimina a los profesores sin conocimiento pleno del valenciano o el inglés.

Para los jueces ninguno de estos argumentos vulnera derechos fundamentales como requiere el sindicato, pero que tampoco existe contradicción con la anulación de la certificación automática en idiomas, declarada por la misma sala a instancias del CSI.F.

"Los argumentos eran distintos..., se alegaba la infracción al principio de igualdad por el distinto trato que recibían en la impartición de horas de inglés y correspondiente certificación de ese idioma, los alumnos que eligieran el nivel básico respecto de los que optaran por el avanzado" explica la sala en referencia al recurso aceptado al CSI.F

Según el tribunal, sobre la demanda de USO, el decreto de plurilingüismo tampoco vulnera la libertad de enseñanza porque "no impide esa libertad, pues para nada se obliga a padres y alumnos a optar por un nivel u otro".

Los jueces hilan fino al señalar que "distintas serían las consecuencias de dicha elección y si viene constreñida o no por los efectos de la disposición adicional quinta, (la que contempla la certificación automática de idiomas), pero esto no se ha planteado en la demanda",de USO, concretan.

Sobre los profesores, el TSJ recuerda que "han de tener los conocimientos necesarios para impartir la docencia en la lengua vehicular que proceda con la titulación pertinente".