La Ley de la Función Social de la Vivienda que entra hoy en vigor tiene como gran objetivo, según apuntaron ayer fuentes de la Conselleria de Vertebración de Territorio, movilizar el importante «stock» de viviendas vacías que hay en la Comunidad Valenciana (500.000 en total, de las 200.000 se localizan en la provincia de Alicante). La normativa es innovadora y recoge como gran novedad el que acaba con los desahucios de las personas y familias que viven en su residencia habitual, que ya no se quedarán en la calle por el impago de las hipotecas. La ley sólo atiende en estos casos a los propietarios de su vivienda habitual, quedando excluida, por ejemplo, la segunda residencia o todo aquel piso comprado como inversión y no se paga. Tampoco afecta a aquellos inquilinos de una vivienda que dejan de pagar el alquiler para los que existen otro tipo de ayudas.

El objetivo es poder garantizar las necesidades de vivienda sobre todo, de los colectivos con mayor vulnerabilidad. En este sentido, se establecen diferentes registros como el de Viviendas Vacías donde se inscribirán todas aquellas viviendas declaradas deshabitadas por la Administración mediante una resolución, así como el de Oferta y de Demanda, donde los particulares podrán inscribir voluntariamente sus inmuebles.

La ley contempla que las administraciones desarrollen diversas medidas de fomento, como ayudas públicas para el alquiler para personas y unidades familiares con ingresos bajos donde el coste no supere el 30% de los ingresos. También ayudas para facilitar el acceso a la vivienda de varios colectivos, y contra la pobreza energética para garantizar los suministros básicos de luz, agua y gas.

La Ley prevé que la Administración actúe para evitar la prolongada desocupación de las viviendas de manera injustificada -sobre todo, de los bancos y los grandes tenedores de vivienda (más de 10) nunca de los particulares - para poder satisfacer las necesidades habitacionales, sobre todo, de los colectivos con más vulnerabilidad.

¿Quién podrá seguir viviendo en su casa tras ser desahuciado?

La ley que entra hoy en vigor está dirigida a socorrer a los propietarios que son desahuciados de su piso habitual de residencia, que podrán seguir viviendo, previa autorización del Consell, en su casa durante un periodo de seis años. El alquiler lo pagará el Consell a la entidad financiera.

¿En caso de que el desahucio se produzca en la segunda residencia?

No hay ayuda en este apartado. Sólo en el caso de que sea vivienda habitual.

¿En el caso de que el desahucio se produce del inquilino que no paga el alquiler?

La Ley no le cubre, pero éste si podrá solicitar las ayudas del Consell para este apartado.

¿Quién puede solicitar un alquiler social a la Generalitat?

Todas aquellas personas que ganen menos de 4,5 veces el IPREM, (6.390 euros al año en 12 pagas o 7.455 euros en 14 pagas). O sea, si los ingresos totales son inferiores al año a los 28.755 euros en el primer caso o los 33.727 en el segundo. La cuantía de la cantidad asignada irá en función a los ingresos y la situaciones particulares de cada grupo de población. También se realizará una convocatoria específica atendiendo a los diferentes niveles de ingresos. El importe del alquiler no podrá ser superior al 30% de los ingresos.

¿Qué es el IPREM?

El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) es un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, becas, subvenciones o el subsidio de desempleo entre otros. Este índice nació en 2004 para sustituir al Salario Mínimo Interprofesional como referencia para estas ayudas. De esta forma el IPREM fue creciendo a un ritmo menor que el SMI restringiendo el acceso a las ayudas para las economías familiares más desfavorecidas. Es más, está congelado desde 2010 en los 532 euros de ingresos mensuales.

¿Cuándo se considerará una vivienda vacía de manera oficial?

Se considerará una vivienda vacía aquella que esté deshabitada durante un periodo superior a dos años. La Administración emitirá una resolución para hacerse con ella. Sólo afecta los considerados grandes propietarios de viviendas que tengan más de 10 viviendas sin utilizar, básicamente entidades financieras.

¿Afecta a los propietarios particulares de una vivienda?

En ningún caso afecta a los particulares. Quedan excluidas las viviendas destinadas a usos de segunda residencia, turísticos o de usos profesionales, los dotacionales, las que se ofrecen venta o alquiler por particulares, las que están pendientes de partición hereditaria, y las afectadas por traslado temporal.

¿Cómo se regularán?

Se establecerán diferentes registros como el de Viviendas Vacías donde se inscribirán todas aquellas declaradas deshabitadas. También se creará el registro de Oferta y de Demanda, en el que los particulares podrán inscribir voluntariamente sus inmuebles.

¿Habrá medidas incentivadoras para poner en el mercado de alquiler estos pisos?

Para procurar que se ocupen estas viviendas y garantizar el derecho de la función social de la vivienda, las administraciones desarrollarán varias medidas de fomento. Ayudas para el pago del alquiler para personas y unidades familiares con ingresos bajos donde el coste no supere el 30% de los ingresos. Ayudas para facilitar el acceso a la vivienda de varios colectivos y, entre otras, contra la pobreza energética para garantizar los suministros básicos de luz, agua y gas.

¿Hay incentivos para los propietarios privados?

Sí hay incentivos previstos en la nueva norma. La ley establece medidas de estímulo para que los propietarios privados ofrezcan en alquiler sus viviendas a personas y familias con dificultades para acceder a la oferta de vivienda (con ingresos inferiores a 4,5 veces el IPREM). La Generalitat asegurará las viviendas frente a los daños que causen los inquilinos.

¿Qué es el alquiler solidario?

Los propietarios de las viviendas vacías podrán cederlas a la Generalitat Valenciana, que las dispondrá para su alquiler durante un periodo máximo de seis años. El propietario cobrará una renta a cambio de que su vivienda esté en condiciones y en uso. La Consejería se encargará de hacer el estudio económico y la rehabilitación que repercutirá en el propietario.