Primero fue un glosario de leyes con las que Educación alertó al Ayuntamiento sobre la irregularidad de haber cambiado el horario a los conserjes para adecuarlos a la jornada continua escolar, y ahora ha sido un requerimiento formal con el que la Conselleria de Educación concreta al alcalde, Gabriel Echávarri, de que si en el plazo de un mes -desde el pasado 22 de diciembre- no anula el referido decreto de nuevos horarios, acudirá a los tribunales.

El departamento que dirige Vicent Marzà no está dispuesto a admitir que los conserjes en la ciudad de Alicante acaben la jornada laboral a las 15:30 horas, porque todos los colegios con jornada continua, el 70% del total, han dejado de contar con estos profesionales para su mantenimiento y cierre hasta las 17:00 horas.

Infracción

La subsecretaría de la Generalitat especifica en la citada notificación, que tiene registro de entrada en el Ayuntamiento el pasado 22 de diciembre, que el decreto municipal que cambió el horario a los conserjes desde el 1 de diciembre «infringe la normativa que en materia de educación está vigente en esta Comunidad Autónoma».

Y a partir de esta primera premisa, el texto que ha recibido el alcalde detalla la normativa que se incumple con el citado decreto de horarios para los conserjes.

De entrada, se cita el artículo 27 de la Constitución sobre el derecho fundamental a la educación, y la Ley vigente de Educación en su artículo 1, sobre la colaboración entre las administraciones educativa y local para la planificación y la aplicación de la política educativa.

Acuerdos

De hecho, en el resto de localidades de la provincia en las que los conserjes han cambiado su horario para ajustarse a la jornada continua escolar, como ha sucedido en Elche sin ir más lejos, ha sido fruto de un acuerdo previo que no se ha producido en Alicante, donde el tema ha derivado en el enconamiento de las posturas entre el Ayuntamiento y la conselleria, amén del malestar de los equipos directivos de los centros de Primaria.

También insiste la conselleria, en su notificación al alcalde, subrayando que «la conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios destinados a centros públicos de Educación Infantil, Primaria o Especial, corresponden al municipio respectivo», y que «hasta la fecha habían desarrollado los conserjes en horario de 9 a 17:00 horas con la normativa autonómica».

Le recuerda asimismo a Echávarri el «cumplimiento de las obligaciones los poderes públicos», que las competencias de la enseñanza son exclusivas de la Generalitat. Concluye Educación pidiendo que se revoque o deje sin efecto el decreto en el plazo máximo de un mes, porque si no, en su caso el siguiente paso será el contencioso-administrativo para impugnar la medida aprobada por la alcaldía.