La regulación de horarios comerciales en España a nivel básico estatal está contemplada en la Ley 1/2004 del 21 de diciembre de Horario Comerciales, y modificado recientemente por el Real Decreto-Ley 8/2014 del 4 de Julio de Aprobación de Medidas Urgentes para el Crecimiento, la Competitividad y la Eficacia. Una ley de carácter estatal donde se incrementaba las horas, no pudiendo las Comunidades Autónomas restringirlas por debajo de las 90 horas durante el conjunto de los días laborales a la semana.

En dicha ley se contempla que los establecimientos comerciales situados en las denominadas Zonas de Gran Afluencia Turística (ZGAT) tienen plena libertad de horarios, correspondiendo a las Comunidades Autónomas decidir cuáles son estas zonas dentro de sus ámbitos territoriales, a propuesta de los Ayuntamientos, pudiendo ser la totalidad del municipio o una parte de ella.

Debido a los requisitos para poder aplicar dicho decreto, 14 ciudades fueron obligadas a solicitar sus respectivas ZGAT, con el argumento que sería positiva para la productividad, los precios, la competencia entre comercios, aumentar el consumo y que mejoraría la conciliación de la vida familiar y laboral de los consumidores.

Según el INE las consecuencias de su aplicación en su primer año en la Comunidad Valenciana es que las ventas cayeron un 3,4 % y se perdieron 1.561 puestos de trabajo y en la Comunidad Madrileña, las más liberizadora de todas, las ventas cayeron un 7 % y el empleo un 2,9 %.

Si después de todo lo manifestado, es que los propios Servicio de Empleo Público, manifiestan que no se crea empleo neto y el INE, que el resultado de las ventas no es el esperado. ¿Dónde están los resultados de los objetivos que se pretendían?

¿Por qué hay partidos políticos que no se conforman con decretar tales leyes, sino que se esfuerzan en potenciar esta idea?

¿Por qué a nivel local de los distintos partidos políticos se traslada constantemente la idea de que hay que defender el comercio tradicional, no se adopta una iniciativa que suponga la derogación de dicha legislación?

Por otra parte, nos encontramos que en la Ciudad de Alicante después de modificar en distintas ocasiones la ZGAT (que se creó con criterios estrictamente turísticos), las grandes superficies y centros comerciales presentaron un recurso contra dicha modificación y una queja a la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia, por lo que esta a su vez, remitió un escrito a la Dirección General de Comercio, que recomendaba extender la libertad horaria a toda la ciudad.

Ante esta situación de litigio, no esperamos otra cosa que no sea que, por parte de la Corporación Municipal, se tome la iniciativa de recurrir el fallo judicial que se dicte.