Decíamos la semana pasada que, durante la década de 1940, las comadronas que practicaban abortos inducidos a petición de las interesadas, aunque cobraban casi siempre por sus servicios, solían ser mujeres comprometidas ideológicamente.

Hoy conoceremos dos ejemplos. Ambos han llegado hasta nosotros a través de sumarios judiciales.

Josefa Vilaplana Lorente

Pepita nació en Alcoy el 2 de marzo de 1902, pero vino muy joven a Alicante para hacerse comadrona. En 1938 fue expulsada del sindicato de matronas e inhabilitada por proporcionar abortivos. Era madre soltera de una niña que nació en 1927.

Se casó con Francisco Pérez Doménech, que estaba divorciado. Vivieron en la calle Canalejas.

Al finalizar la Guerra Civil, fue acusada de asistencia a la rebelión y condenada a un año de prisión menor. Su marido también fue encarcelado y condenado a pena de muerte. Su casa fue incautada por María Caturla, la anterior esposa de su marido, que se había casado por lo civil en 1937 con Vicente Morant, antiguo agente de Falange que trabajaba de empleado en la droguería Reig.

En 1940 vivía con su hija en Benito Pérez Galdós 32, 1º, un piso que les cedió su cuñado Salvador Mestre Rosa, sargento de la Guardia Civil.

El 26 de junio de 1940, Pepita recibió la visita de Manuela Gil, embarazada de diez semanas, quien le pidió que le provocara un aborto. Según declaró Pepita, se limitó a reconocerla, confirmando que estaba embarazada y que sangraba, cobrándole 30 pesetas. Manuela, por el contrario, entró en contradicciones durante sus declaraciones, pues en unas dijo que Pepita le había practicado el aborto, y en otras lo negó.

Manuela tenía seis hijos y quería ocultarle a su marido, Francisco Pérez Sereix, de oficio panadero, que había abortado. Pero al regresar a su casa (Nicasio Camilo Jover 5) seguía sangrando y se lo contó a su vecina Palmira Baeza.

Palmira se lo comentó al día siguiente a María Caturla y Vicente Morant, en cuya casa trabajaba limpiando.

Morant se lo contó a su amigo José Rosi Sánchez, agente de Falange, quien presentó la denuncia ante su jefe. Éste mandó al agente Manresa para que investigase. Acompañado por Rosi, Morant y la presidenta del Colegio de Comadronas, María Pérez Aparicio, que se hizo pasar por su suegra, Manresa se presentó en casa de Manuela. Aparicio la engañó haciéndola creer que tenía una hija embarazada y con tres hijos que deseaba abortar, y Manuela les dio el nombre y domicilio de Pepita, informándoles de que a ella ya le había practicado dos abortos, introduciéndole unos tallos de laminaria en el útero que le producían un pequeño derrame, cobrándole 100 pesetas, siendo 30 las que le había dado a cuenta esta última vez.

El día 28, como seguía sangrando, Manuela avisó a la comadrona Josefa Aracil, quien la había asistido en sus seis partos. Tras reconocerla, le dijo que el aborto era normal, pero que si por la noche no había expulsado el feto, que avisara a un médico. A las diez y media de aquella noche, el médico Carlos Limiñana la visitó y le confirmó que la expulsión del feto sería normal, lo que sucedió efectivamente poco después. Al rato se presentaron en su casa el agente Manresa y el médico Isidoro Planelles, delegado de Sanidad, quien la reconoció y se llevó el feto. Manuela se opuso, pero Planelles la amenazó con decírselo a su marido.

Pepita fue detenida por Vicente Morant y conducida ante el delegado de investigación de Falange, Antonio Candela. Éste se ausentó un momento de su despacho, y al volver oyó cómo Pepita le replicaba a Vicente: «Cobarde, eso dímelo delante de quien debes decírmelo». Antonio preguntó qué ocurría, y ella le contó que Vicente la había amenazado e insultado, pero éste lo negó.

El 29 de junio de 1940, Candela presentó denuncia contra ella en la Comisaría de Vigilancia, por practicar un aborto a Manuela Gil. El juzgado de instrucción n.º 1 abrió el sumario 209.

Pepita reiteró varias veces su inocencia y afirmó que todo se debía a una venganza planeada por Vicente Morant y José Rosi (marido de una prima de ella), con quienes estaba enemistada desde hacía años por cuestiones familiares. Éstos lo negaron, pero algunos testigos, como el agente Manresa, reconocieron dicha relación de enemistad, pues durante la detención, «pudo darse cuenta de que entre ellos existía una complicada y vidriosa situación de familia». Morant reconoció que estaba deseando que el ex de su esposa, actual marido de Pepita, fuese fusilado para poder casarse por la Iglesia.

El 2 de noviembre, el fiscal de la Audiencia solicitó la revocación del auto de conclusión del sumario y su devolución al juez instructor, para que se ampliaran las informaciones acerca de la relación personal existente entre la procesada y sus denunciantes.

Pasaron doce años sin que se supiera nada más del sumario 209.

En enero de 1953, el juzgado de instrucción número 7 de Madrid solicitó a la Audiencia Provincial de Alicante la resolución definitiva dictada en el sumario 209, contra Josefa Vilaplana. El 14 de marzo, la Audiencia reclamó al juzgado 1 de Alicante la conclusión y envío del sumario, pendiente desde que se le devolvió el 3 de noviembre de 1940.

No hay constancia de que el sumario fuese concluido.

Pepita, que vivía ya viuda en Madrid (Francisco Silvela, 71), fue condenada el 9 de marzo de 1955 por la Audiencia de Madrid, por otro delito de aborto con muerte, a la pena de 19 años, 2 meses y 11 días de reclusión menor y multa de 25.000 pesetas.

Rafaela Bañuls Pérez

Nació en 1903. Era hija de Jaime (guardia civil natural de Benissa) y María (nacida en San Juan), que se casaron en San Nicolás en 1888.

Comadrona en ejercicio desde 1924 y con domicilio en la plaza Hernán Cortés 16, el 5 de diciembre de 1939 recibió la visita de Matilde Rubert Gómez, que estaba embarazada. Según el fiscal, Rafaela le practicó un aborto, como consecuencia del cual falleció de peritonitis el día 7; según la comadrona, Matilde sufría derrames y se limitó a efectuar una limpieza normal de su aparato genital, y a aconsejarle que tomara el específico Metranodina Serono. Un día antes de morir, el juez tomó declaración a Matilde en el Hospital Provincial. Tenía 30 años, vivía en Olozaga 6 y era viuda. Dijo que mantenía relaciones carnales con un empleado de la Compañía de ferrocarriles Andaluces, también viudo; y que al saberse embarazada y padecer un derrame, ella misma se trató con paños de agua, pero al persistir la pérdida visitó a la comadrona Bañuls, quien la reconoció, limpió y mandó tomar un específico que se vende en farmacias. Pero al seguir con las molestias, su madre avisó a un médico de la Casa de Socorro, que ordenó su traslado al hospital.

Rafaela estuvo en prisión provisional desde el 6 de diciembre hasta el 28 de junio siguiente. El 18 de noviembre, el tribunal de la Audiencia la condenó a la pena de 10 meses y un día de prisión menor, con multa de 2.500 pesetas y a pagar a los herederos de Matilde una indemnización de mil pesetas.

El 15 de septiembre de 1942, el médico Pedro Cabello presentó una denuncia en el juzgado número 1 porque Carmen Alfonsea Salas había fallecido el día anterior como consecuencia de un aborto provocado.

Según las investigaciones realizadas, en los primeros días de septiembre, Carmen se presentó en casa de la comadrona Rafaela Bañuls, «con objeto de que esta le provocara un aborto, cosa que hizo poniéndole una sonda ó cánula y al ver que la Carmen no mejoraba, estando en el domicilio de la comadrona, requirió al Doctor Juan Gomis Gomis, con el fin de que le practicara cierta operación, y el día 9 de referido septiembre dicho Doctor procedió a hacer una raspadura de matriz y como la enferma empeorase, visitó aquel a D. Pedro Cabello Terol, para que este en plan de consulta viese a la Carmen Alfonsea, como así lo hizo, procediendo a un nuevo raspado de matriz, extrayendo del útero un resto de placenta (?), falleciendo el día 14 en su domicilio, calle de Toledo 48, a consecuencia de una infeccion acompañada de supuración intensa». Rafaela declaró que el aborto de Carmen no fue provocado, y de serlo, debió ser como consecuencia de que se tomara grandes dosis de quinina, que le había sido recetada por padecer paludismo.

Rafaela Bañuls, de 40 años, viuda y con una hija de 15 años, estuvo en prisión desde el 25 de septiembre de 1942 hasta el 21 de junio siguiente, que se le concedió la libertad provisional. El 12 de diciembre de 1943, el tribunal de la Audiencia la condenó a 6 años y un día de prisión mayor, multa de 5.000 pesetas, y a pagar una indemnización de 10.000 pesetas a los herederos de la finada.

Por impago de la multa, continuó encarcelada 150 días más, hasta el 20 de febrero de 1949.

Ya en libertad, Rafaela abrió en 1949 una casa de huéspedes en General Primo de Rivera 5.

www.gerardomunoz.com

También puedes seguirme en

www.curiosidario.es