Un mecanismo «ágil» y de respuesta casi inmediata tutelado por los ayuntamientos permitirá la concesión de subvenciones para atender el pago del alquiler en situaciones de «emergencia social» y evitar así los desahucios que se producen por esta vía. La Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana tiene ultimada la orden que destinará 3,1 millones de euros a la concesión de subvenciones a los municipios «para contribuir al pago del alquiler a personas físicas o unidades de convivencia que se encuentren en situación de emergencia social», según explica su responsable, Rebeca Torró. El importe de la ayuda será el 50% de la renta mensual con un límite que la Conselleria de Vivienda ha establecido teniendo en cuenta los alquileres vigentes.

La orden concede un papel sustancial a los consistorios, que serán determinantes en la concesión de las ayudas, con la elaboración de un informe de los Servicios Sociales. Los ayuntamientos podrán recibir un anticipo de hasta el 30% del importe solicitado en la ayuda, que será compatible con las que se conceden para combatir la pobreza energética. Respecto a la modalidad de pago, la administración podrá hacerlo a la parte arrendadora o bien directamente al inquilino.

Los criterios para certificar la situación de «emergencia social» que da derecho a la ayuda son que los beneficiarios «no dispongan de recursos o ingresos suficientes», fijando el límite en 7.455,14 euros anuales. No obstante, la concesión definitiva de las ayudas queda en manos de la Dirección General «a propuesta de un órgano colegiado que se reunirá con una periodicidad mínima de 15 días». El objetivo, según Rebeca Torró, es dar la «máxima agilidad» a estas ayudas. En total, se destinarán 3,1 millones de euros a los municipios. La orden se publicará en unos días aunque las solicitudes no se podrán formalizar hasta septiembre y tendrán que concederse antes del 31 de octubre.