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El Ayuntamiento recurre al TSJ el fallo contra el hotel de El Cabo

La corporación insiste en que la actuación municipal fue correcta y que había discrepancias entre la licencia y las obras

El Ayuntamiento recurre al TSJ el fallo contra el hotel de El Cabo

El Ayuntamiento de Alicante ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) la sentencia que tumbó la licencia de obras licencia de obras para construir viviendas de lujo en el antiguo hotel de El Cabo hotel de El Cabo y ha pedido que se revoque el fallo. El escrito presentado por los servicios jurídicos municipales al que ha tenido acceso este diario sale en defensa de los técnicos que intervinieron en el proceso administrativo y señalan que la juez de Alicante se extralimitó en sus funciones al proceder a tumbar la licencia. Según recuerda el escrito, el proceso se limitaba a decidir sobre la legalidad del decreto por el que se paralizaron las obras por lo que la magistrada se desvió del verdadero sentido del litigio cuando se puso a cuestionar la licencia de obras aprobada por el Ayuntamiento, ordenando la revisión de oficio de dichos permisos para anularla y restaurar la legalidad urbanística. El letrado rechaza que en ningún momento se ha entrado a valorar si lo construido se correspondía con lo que autorizado en la licencia.

Los antecedentes de este proyecto se remontan a 2003 cuando el Ayuntamiento concedió permiso a la promotora Inversiones AM 2000, radicada en Madrid, para rehabilitar el hotel de El Cabo. Un año más tarde la mercantil cambió de idea y solicitó destinar el inmueble a viviendas, pero tropezó con el veto de Costas al ocupar parte del inmueble la zona de servidumbre marítimo terrestre. En diciembre de 2009, la concejalía de Imagen Urbana ordenó la demolición del antiguo hotel ante su deterioro, mientras la empresa intentaba sacar adelante el proyecto. Así, el 11 de marzo de 2011 la promotora volvió a presentar licencia para un edificio de 13 pisos distribuidas en ocho plantas, tres más de las que tenía el hotel, aunque sostenía que respetaría la condición de no sobrepasar la edificabilidad del citado hotel. Esta petición se denegó en la primavera de 2012, al no subsanarse los reparos de los técnicos municipales. Después la promotora volvió a solicitar licencia y la obtuvo sin ningún reparo el 3 de septiembre de 2012, tras una tramitación en verano y con algunos de los técnicos que pusieron reparos de vacaciones. La magistrada argumentaba que la licencia que amparaba las obras «jamás debió ser concedida y que le «sorprende» que pese a las múltiples denuncias, alegaciones e informes periciales de los vecinos se hubiera mantenido con una «actitud pasiva» y no parara los trabajos.

En el recurso presentado por el Ayuntamiento, se plantea que el objeto del pleito es el decreto por el que se suspendieron las obras el 15 de mayo de 2014 y que concedía un plazo de dos meses al promotor para que subsanase las deficiencias y desajustes con el proyecto autorizado por la licencia municipal. Los letrados municipales señalan que se trataban de actos de trámite y por lo tanto no eran susceptibles de impugnación y sería en la resolución donde de establecería si las modificaciones planteadas por la constructora se ajustan al ordenamiento urbanístico. «Se ha acreditado a lo largo del proceso que existían graves discrepancias entre la obra ejecutada y la que fue objeto de licencia, discrepancias que se ponen de manifiesto en el propio acto administrativo impugnado», argumenta el letrado que insiste en que ha quedado plenamente demostrado el ajuste a derecho de la actuación municipal al proceder a la revisión de las obras.

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