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El Supremo obliga a Sanidad a rebaremar a miles de médicos MIR en las bolsas de empleo

Los años de residencia dejan de contar el doble en las últimas listas tras un recurso del Colegio de Psicólogos

Miles de médicos inscritos en las bolsas de trabajo de la Conselleria de Sanidad han visto cómo sus puntuaciones para acceder a una de las plazas temporales de trabajo se han visto reducidas en el último listado. El motivo ha sido la aplicación de una sentencia del Tribunal Supremo que ratifica un fallo previo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y que reduce la valoración de los años de la residencia médica tras aceptar un recurso del Colegio de Psicólogos.

La Conselleria de Sanidad ya advertía, ante la publicación de las listas a finales del pasado mes de febrero, que éstas acataban la sentencia del TSJ y que los candidatos que habían cursado formación en residencia recibirían por ello una baremación de 0,15 por mes cuando, anteriormente, se contaba a 0,30 o 0,60 según si se había cursado en distinta categoría o propia.

En concreto, la sentencia anula el párrafo segundo del artículo 10.1 a) de la orden del 5 de octubre de 2009, que duplicaba el valor de los años trabajados dentro del programa de formación: «dos años de servicios prestados por cada año del programa de formación». El Colegio de Psicólogos pedía la anulación de este apartado ya que entendían que había una discriminación «injustificada» en la valoración de méritos entre los psicólogos que optaban a una plaza en la bolsa y que obtuvieron el título a través de la residencia o por otras vías.

La formación no es trabajo

El TSJ resuelve que, efectivamente, el párrafo impugnado es «discriminatorio», porque valora como trabajo el periodo de formación para obtención del título: «la formación práctica PIR, dada su razón de ser y finalidad, no equivale a trabajo realizado en la categoría o especialidad, por lo que su inclusión en el baremo, tal como se ha realizado en la orden recurrida, es arbitraria al reconducir la formación a trabajo realizado».

El tiempo que se ha trabajado en instituciones sanitarias (públicas o privadas) y en el que se incluyen los meses de residencia es el principal reservorio de puntos a la hora de calcular los méritos en las bolsas de empleo. Los profesionales pueden además sumar méritos por tener más de una especialidad, por su conocimiento del valenciano y por haber presentado una tesis.

Desde el Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana, Cesm-CV, recibieron con «estupor» el fallo del Alto Tribunal, que había perjudicado «a miles de médicos valencianos con contratos temporales al disminuir la puntuación del tiempo trabajado en situación de formación como médico residente frente al de otros cuyo acceso a la especialidad, en su día, siguió vías alternativas».

De hecho, desde el sindicato anunciaron acciones «legales e institucionales» para restaurar el «daño causado», ya que entienden que pese a que la formación vía residencia es considerada «la de mayor calidad, se ve penalizada de un modo injusto en las listas publicadas» el 26 de febrero. La agrupación sindical considera, además, que la sentencia «pone en cuestión al MIR como acceso único a formación especializada».

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