La Asocación del Clubs Náuticos de la Comunidad Valenciana ha puesto en manos de sus servicios jurídicos la decisión de la Generalitat de modificar la disposición derogatoria única de la ley de Puertos de la Generalitat Valenciana, «escondiéndola dentro de la tramitación de la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos», según apuntaron ayer en un comunicado. Está modificación propone eliminar de la Ley de Puertos el supuesto de adjudicación directa de concesiones cuando el solicitante es un club náutico. Los clubs no se explican esta medida derogatoria, ya que si «el marco legal europeo obligara a la Generalitat Valenciana a sacar a concurso público las concesiones de los clubs no seria necesario una modificación de la Ley de Puertos como la que propone. La modificación propuesta pone de manifiesto que la Ley permite solicitar una nueva concesión sin concurso público cuando el solicitante es un club, por lo que desde la Conselleria quieren eliminar esa posibilidad para permitir que las instalaciones que actualmente gestionan los Clubes Náuticos pasen a manos privadas», denuncian en un comunicado.

Si la modificación de la Ley de puertos prospera, se producirá, según la asociación, un agravio comparativo con la Ley de Puertos del Estado, que destaca por el reconocimiento a la labor de los clubs y permite otorgar una nueva concesión a un club náutico sin la obligatoriedad de acudir a un concurso público. De este modo, existirá una clara indefensión para la actividad de los clubes en los puertos que dependan de la Autonomía, frente a aquellos que se encuentran bajo la administración del Estado.

La Asociación de Clubes Náuticos ha solicitado a sus asesores jurídicos que estudien posibles iniciativas legales para enfrentarse a las tesis esgrimidas por la Generalitat para iniciar un proceso de privatización de las instalaciones que actualmente gestionan los clubes náuticos, ya que, a su juicio, la situación es muy clara desde el aspecto legal. Así, en relación con la directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de concesión, cabe señalar que dicha directiva no se aplica a las Concesiones Demaniales que se regulan por la legislación patrimonial de las Administraciones Públicas.

El 15 de mayo de 2015 se emitió un informe por parte de la Abogacía General de la Generalitat donde aclaró el régimen jurídico aplicable a los clubs. Este informe establece claramente que la utilización privativa del dominio público portuario requiere de concesión demanial y, por lo tanto, la gestión o explotación de las instalaciones náutico-deportivas de la Comunitat no debe configurarse como una concesión de gestión de servicio público ni sujetarse a la normativa de la contratación pública. En consecuencia, dicho documento establece que la Administración no está obligada a convocar concurso cuando el solicitante sea un club náutico. Asimismo, cuando el solicitante de una concesión sea un club náutico, el procedimiento será el previsto en el artículo 34 y siguientes de la Ley 2/2014 de 13 de junio, sin necesidad de trámite de información pública, ni de convocatoria de concurso ni tampoco del trámite de competencia de proyectos, según la Asociación.

Además, la Asociación está consultando con sus homólogos de otras comunidades que se han visto ante situaciones similares. Concretamente, la Asociación Balear ha informado que sus servicios jurídicos no han encontrado ninguna norma europea que obligue a sacar las instalaciones náutico deportivas a concurso, mientras que sí hallaron numerosa jurisprudencia que apoya la renovación automática de concesiones justificándola simplemente en la buena gestión.

«Resulta, además, sorprendente que la Conselleria diga que se ha encontrado con doce concesiones caducadas, cuando la Asociación lleva varios años denunciando este hecho y reuniéndose con todos los grupos políticos, y cuando, además, se presentaron por registro de entrada las solicitudes de renovación el pasado mes de abril. A juicio de la Asociación, esta declaración de la Conselleria es bien un síntoma de una clara falta de organización y comunicación entre los técnicos y la dirección política», subrayan en su comunicado.

En cualquier caso, los clubes no quieren amnistías ni prórrogas temporales, sino trabajar con garantías y con una seguridad jurídica suficiente para acometer las reformas e inversiones necesarias con el objetivo de ofrecer el mejor servicio posible a todos los usuarios --incluidos deportistas, turistas y visitantes-- de la náutica de la Comunitat Valenciana. El único beneficiado de la supuesta amnistía es la propia Generalitat, que evita hacerse cargo de las instalaciones y deja que sean los clubes quienes las mantengan mientras gana tiempo para preparar sus concursos para dar entrada a las empresas privadas.

Ante este panorama incierto y el silencio de la Generalitat sobre las diversas solicitudes de reuniones, los clubes están ya preparando acciones de protesta y defensa como la interposición de contenciosos administrativos y la organización de concentraciones y manifestaciones para reclamar a la administración diálogo en lugar de imposición.

Por su parte, la Conselleria de Vertebración del Territorio aseguró ayer que con la adjudicación de las concesiones a través de concurso público se cumplen los principios básicos de contratación administrativa de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, no discirimianción e igualdad de trato entre los candidatos y que se ve limitadas a través de la adjudicación directa.

«La Generalitat debe cumplir la legislación vigente en materia de contratación, no hay que olvidar que en la explotación de una instalación náutico-deportiva se está gestionando un servicio público y, por tanto, la adjudicación por concurso público es la mejor forma de tener clara la carta de derechos y obligaciones del concesionario y de obtener mejoras para las instalaciones y para la ciudad», apuntan desde la Conselleria, que asegura que lo único que pretende es que se cumpla la ley de Garantía Única de Mercado. De hecho, cada proyecto básico así como el pliego de licitación se deberán redactar de forma particularizada para cada ciudad y consensuada con el ayuntamiento para que el adjudicatario preste el mejor servicio de calidad

La explotación de un puerto deportivo supone la realización de actividades y prestaciones como servicio público y, por tanto, debe ajustarse a la normativa básica vigente sobre contratación administrativa, según el Consell.