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La Subdelegación investiga si la «auditoría exprés» contratada por el tripartito es legal

El organismo provincial requiere toda la información sobre el contrato con la UMH

La Subdelegación del Gobierno requirió el pasado 3 de noviembre al Ayuntamiento de Alicante, por correo certificado, toda la documentación sobre el contrato firmado con la UMH para que profesores del departamento de Economía y Finanzas analicen las cuentas municipales en el período comprendido entre 2011 y 2015, último mandato del PP en el gobierno local. Desde la Delegación del Gobierno en Valencia se confirmó ayer, a preguntas de este diario, que tratan de aclarar «el objeto real del contrato», si se trata o no de una auditoría externa encubierta de las cuentas municipales. En el caso de que esta fuera la conclusión, impugnarían el contrato por vulnerar el artículo 223 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, en cuyo primer apartado se señala textualmente que «La fiscalización externa de las cuentas y de la gestión económica de las entidades locales y de todos los organismos y sociedades de ellas dependientes es función propia del Tribunal de Cuentas, con el alcance y condiciones que establece su ley orgánica reguladora y su ley de funcionamiento».

Pese a que la Subdelegación del Gobierno, en manos del PP (que es evidente que no está interesado en que se hagan públicas presuntas irregularidades de su gestión en el Ayuntamiento de Alicante), tiene constancia desde el pasado 29 de septiembre del contrato firmado cuatro días antes por el Ayuntamiento (gobernado por el tripartito PSOE-Guanyar Alacant-Compromís) y la UMH, ha esperado a actuar de oficio con posterioridad a la publicación realizada por este diario, el pasado 1 de noviembre, sobre el cuestionable procedimiento de contratación para el informe económico: un contrato menor, sin concurrencia pública, poniendo como responsable del mismo a un cargo de confianza de la Alcaldía y con el objetivo de realizar un estudio económico y financiero de las cuentas de los últimos cuatro años que mientras el tripartito y la UMH rechazan que se trate de una auditoría, expertos en Administración Local no dudan en considerar que se trata en la práctica de una auditoría externa, algo que sólo permite la ley al Tribunal de Cuentas.

La cuestión a dirimir de fondo, ahora, es si el informe encargado por el Ayuntamiento de Alicante a la UMH es una auditoría o no. De concluir que sí, el contrato vulneraría la Ley General Presupuestaria y la Ley de Haciendas Locales que no permiten a las administraciones locales encargar auditorías externas. El trabajo solicitado a la Universidad de Elche consiste, textualmente, en «un estudio de carácter económico y financiero a partir de la información contable y presupuestaria suministrada por el Ayuntamiento de Alicante, sobre la que no se realizará ningún trabajo de auditoría o verificación, y que permita la evaluación de la gestión en el Ayuntamiento, evaluando la eficiencia en la gestión presupuestaria, así como su situación financiera, en el periodo 2011-2015 (último cierre disponible)», concretando «A través de la información presupuestaria, y de las Cuentas Anuales, se intentará valorar la situación financiera de la entidad en todo el periodo analizado, tanto desde la vertiente de ingresos como de gastos. Además de la información facilitada por el Ayuntamiento, se contrastará la evidencia obtenida con los datos que sobre el Sector Público Local puedan obtenerse, valorando las tendencias, las situaciones de posibles desequilibrios, con el objetivo de facilitar la adopción de medidas de gestión correctoras que se puedan proponer», concluyendo que «Adicionalmente se propondrán al Ayuntamiento las acciones de mejora en aquellas áreas o parcelas que sean susceptibles, siempre en base a los resultados del estudio».

El Ayuntamiento huye del uso de la palabra auditoría, llegando a asegurar en el documento que no se trata de una auditoría, sino de un informe de asesoramiento. Las cuentas municipales de 2011 fueron auditadas externamente por la Sindicatura de Cuentas que emitió un duro informe sobre irregularidades en Contratación sin llegar a utilizar la palabra auditoría. La Sindicatura denominó el trabajo como «Informe de fiscalización de diversos aspectos de la actividad económico-financiera del Ayuntamiento de Alicante. Ejercicio presupuestario 2011». Sí empleó el término auditoría en el análisis del período 2011-2013: «Auditoría de eficacia de los sistemas de información y de control interno de los procedimientos de gestión de la Tesorería del Ayuntamiento de Alicante».

La Ley de Auditorías de 20 de julio de 2015 define en su artículo 1 que «Se entenderá por auditoría de cuentas la actividad consistente en la revisión y verificación de las cuentas anuales, así como de otros estados financieros o documentos contables elaborados con arreglo al marco normativo de información financiera que resulte de aplicación, siempre que dicha actividad tenga por objeto la emisión de un informe sobre la fiabilidad de dichos documentos que pueda tener efectos frente a terceros».

La concejala de Hacienda, Sofía Morales, no quiso hacer declaraciones ayer acerca del informe encargado a la UMH mediante un contrato menor, sin pública concurrencia. Un mecanismo aplicable a contrataciones que no superan los 18.000 euros (en este caso se contrató por 17.995 euros, 21.773 euros con IVA) y que, según la Ley de Haciendas Locales, están exentos de una «intervención previa».

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